Micelio
Sentencia de Tutela30 de julio de 1997

T-351 de 1997

Ponente Fabio Morón Díaz

Demandante Santos Maria Escalante

Tema · dato duro
Der. A La Vida Y Dignidad Humana. Tercera Edad. No Entrega De Dineros De Venta De Propiedad Por Parte De La Diocesis De Cucuta. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Procedencia sobre medio judicial alternativo formal
Indefension
  • Debilidad manifiesta
Deber De Solidaridad Y Principio De Buena Fe
  • Abuso del contrato de mandato para vender inmueble
Deber De Solidaridad
  • Diócesis y sacerdote
Juez De Tutela
  • Incompetencia sobre eficacia y validez de negocios jurídicos
Persona De La Tercera Edad
  • Eficacia de tutela por morosidad de justicia ordinaria
  • Protección constitucional especial
7 temas · 8 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado 5 Civil del Circuito de Cucuta de 20 de marzo de 1997, la cual a su vez confirmo la decision judicial de 12 de febrero de 1997, proferida por el Juzgado 4 Civil Municipal de Cucuta.
  2. Segundo. CONCEDER la tutela de los derechos a la vida, salud, dignidad humana, proteccion especial de la tercera edad y propiedad del actor Santos Maria Escalante y su conyuge Josefa Antonia Osorio Escalante.
  3. Tercero. ORDENAR al representante legal de la Diocesis de Cucuta restituir, dentro del termino de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificacion de la presente sentencia, el dinero, con sus correspondientes intereses legales, producto del contrato de compraventa que a nombre de la senora Josefa Antonia Osorio Escalante realizo el sacerdote Luis Fernando Hoyos Ossa y que se encuentran depositados en el Fondo Vocacional de dicha Diocesis. El juez de instancia hara efectiva la decision.
  4. Cuarto. Comuniquese esta sentencia al Juez 4o. Civil de Cucuta para efectos de lo dispuesto en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.