T-093 de 2023
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Demandante Alianza Fiduciaria S.A. Y Otros·Demandado Centro De Conciliacion, Arbitraje Y Amigable Composicion Asociacion Del Valle
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Ejercicio de la autonomía de la voluntad privada
- Límites y medios para lograr el fin contractual
- Naturaleza
- Sometimiento de controversias susceptibles de transacción
- Características
- Habilitación de competencia requiere de la voluntad explícita e inequívoca de las partes
- Las decisiones son normas de obligatorio cumplimiento para las partes
- Origen
- Vulneración por adelantar trámite de amigable composición sin habilitación de competencia contractual
- Procedencia excepcional para evitar perjuicio irremediable en trámite de amigable composición
- Parámetros que guían la ejecución de las obligaciones de la amigable composición
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Por medio de apoderado judicial, el Patrimonio Autónomo del Fondo de Financiamiento de la Infraestructura Educativa (PA FFIE), cuyo vocero y administrador es el Consorcio FFIE Alianza BBVA, interpuso acción de tutela contra del Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición Asociación de Ingenieros del Valle, con posterior vinculación del ingeniero que actuó en calidad de amigable componedor.
La vulneración de derechos fundamentales se atribuye a la habilitación, apertura y el trámite adelantado en el marco de una amigable composición que culminó imponiendo el convenio final de composición, sin contar con habilitación para ello.
Se analiza la siguiente temática: 1º.
Los presupuestos que habilitan la procedencia de la acción de tutela ante disputas de origen contractual que derivan en la aplicación de mecanismos no jurisdiccionales de solución de los conflictos como la amigable composición, haciendo especial enfoque en la tutela contra particulares y en el requisito de la subsidiariedad. 2º.
Aproximaciones al origen, naturaleza y características del mecanismo alternativo de solución de conflictos denominado amigable composición.
Se CONCEDE el amparo invocado, se deja sin efectos la totalidad del trámite de la amigable composición mencionado, lo cual incluyó dejar sin efectos el convenio final de composición que firmó el amigable componedor.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado Once Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá el 6 de enero de 2022, que confirmó la decisión emitida por el Juzgado
- Quinto. Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Bogotá el 9 de noviembre de 2021, en la acción de tutela que interpuso mediante apoderado judicial el Patrimonio Autónomo del Fondo de Financiamiento de la Infraestructura Educativa - PA FFIE, cuyo vocero y administrador es el Consorcio FFIE Alianza BBVA, contra del Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición Asociación de Ingenieros del Valle y otros. En su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales a la igualdad, a la defensa y a la contradicción del accionante.
- Segundo. DEJAR SIN EFECTOS la totalidad del trámite de la amigable composición que se llevó a cabo en el Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición Asociación de Ingenieros del Valle, actuando como amigable componedor el ingeniero Miguel Octavio Charry Rodríguez, respecto de los diez (10) contratos de obra que fueron suscritos por el Patrimonio Autónomo del Fondo de Financiamiento de la Infraestructura Educativa - PA FFIE, cuyo vocero y administrador es el Consorcio FFIE Alianza BBVA, y el Consorcio Colombia Estudia. Lo anterior incluye dejar sin efectos el convenio final de composición que firmó el amigable componedor el 28 de marzo de 2022.
- Tercero. LÍBRENSE las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991 para los efectos allí contemplados.
- Cuarto. Por Secretaría General de la Corte, DEVOLVER al Juzgado
- Quinto. Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Bogotá el expediente digitalizado, para los efectos legales pertinentes.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.