Micelio
Sentencia de Tutela15 de diciembre de 2021

T-457 de 2021

Ponente Alberto Rojas Ríos

Demandante Victoria Eugenia Cardona Betancur·Demandado Registraduria Nacional Del Estado Civil

Tema · dato duro
Debido Proceso En El Tramite De Revocatoria Del Mandato De Alcalde.Vulneracion Por Registraduria, Al Suspender Entrega De Formularios De Recoleccion De Apoyos Al Comite De Revocatoria
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derechos Políticos Fundamentales Y Debido Proceso
  • Vulneración por suspensión indefinida del procedimiento de revocatoria del mandato
  • Vulneración por omitir entrega de formularios de recolección de apoyos en el marco de una revocatoria del mandato
Estados De Excepcion
  • Prohibición de suspensión de los derechos humanos y las libertades fundamentales
Revocatoria Del Mandato
  • Derecho político fundamental
  • Dimensiones subjetiva, objetiva e instrumental
  • Control político directo
  • Mecanismo de control hacia el gobernante, expresado mediante un mecanismo de participación
  • Reglas jurisprudenciales
Reglas De Reparto De Accion De Tutela
  • Desconocimiento no acarrea nulidad
Voto Programatico
  • Incumplimiento del programa
  • Insatisfacción general de la ciudadanía
  • Objeto
  • Realización de la democracia representativa
Accion De Tutela Y Accion De Cumplimiento
  • Prevalece la acción de tutela cuando lo que se busca es la protección directa de derechos constitucionales fundamentales
Principio Democratico
  • Ámbitos político y social
Regimen Constitucional De Estados De Excepcion
  • Sujeción al Estado social y democrático de derecho
Estandares Internacionales De Proteccion De Derechos Politicos
  • Necesidad de armonizar el ordenamiento jurídico interno frente a ellos
Derechos Politicos
  • Permiten que haya una participación activa por parte de los ciudadanos
  • Instrumentos internacionales
Reparto De Acciones De Tutela Masivas
  • Las tutelas que presenten unidad de objeto, causa y parte pasiva serán repartidas al mismo despacho judicial
Carencia Actual De Objeto
  • No se configura el hecho superado por acatar fallos de tutela
17 temas · 25 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

La accionante considera que la Registraduría Nacional del Estado Civil vulneró sus derechos fundamentales, al negar la entrega de los formularios de recolección de firmas y suspender la realización del mecanismo de revocatoria del mandato del alcalde de Medellín, en virtud del riesgo que puede provocar el Covid 19 en la salud de los participantes y, en general, en la población de Medellín.

Se aborda temática relacionada con: 1º.

La procedencia de la acción de tutela para la protección de los derechos políticos. 2º.

El principio democrático y los derechos políticos fundamentales. 3º.

La revocatoria del mandato y, 4º.

La vigencia de los derechos políticos en situación de excepcionalidad y en época de pandemia.

En sede de revisión la Registraduría Nacional del Estado Civil aseguró que la medida adoptada responde a la grave situación de salubridad pública que atraviesa el país, producto de los efectos propios de la pandemia por Covid-19, mientras que el Ministerio de Salud y Protección Social solicitó que se declare la improcedencia de la acción de tutela debido a que no se cumple con el requisito de legitimación por pasiva.

Así mismo, indicó que la medida adoptada por la Registraduría respondía a la protección de la salubridad pública y el derecho a la salud como principios y derechos fundamentales establecidos en la Constitución.

La Sala Novena de Revisión confirmó la decisión de instancia que amparó los derechos fundamentales al debido proceso y los derechos políticos de la tutelante.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. CONFIRMAR la sentencia de tutela proferida, en segunda instancia, con fecha del 7 de mayo de 2021, por el Tribunal Contencioso Administrativo de Antioquia, la cual confirmo parcialmente la sentencia de primera instancia proferida el 23 de marzo de 2021 por el Juzgado
  2. Tercero. Administrativo de Oralidad de Medellin que amparo los derechos fundamentales al debido proceso y los derechos politicos de Victoria Eugenia Cardona Betancur contra la Registraduria Nacional del Estado Civil y el Ministerio de Salud y Proteccion Social, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente providencia.
  3. SEGUNDO. DESVINCULAR a la Alcaldia de Medellin del presente tramite de tutela, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente sentencia.
  4. TERCERO. LIBRESE por Secretaria General de la Corte Constitucional. Las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónDiana Constanza Fajardo Rivera
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.