Sentencia de Tutela11 de septiembre de 2003
T-789 de 2003
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Lucila Botero De Perez Vs. Caja De Retiro De Las Fuerzas Militares
✓
Tema · dato duro
Derechos A La Igualdad Familia Minimo Vital Y Seguridad Social De Compañera Permanente. Solicitud Pension De Sobreviviente De Mayor Retirado. Beneficiarios Sustitucion Pensional. Legalidad De Actos Administrativos. Principio De Interpretacion Conforme. Co
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Accion De Tutela Transitoria De Persona De La Tercera Edad Y Sustitucion Pensional
- Vulneración de derechos fundamentales al dejar pendiente decisión de pago
Sustitucion Pensional De Compañera Permanente
- Interpretación del artículo 185 del Decreto Ley 1211 de 1990
- No podían deducirse de la norma condiciones irracionales que debía cumplir para acceder al derecho
Perjuicio Irremediable
- Características
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia del veintiocho (28) de abril de dos mil tres (2003) del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Civil, y en su lugar TUTELAR los derechos de la peticionaria a la igualdad, la familia, el mínimo vital y a seguridad social, en tanto mecanismo transitorio para prevenir la ocurrencia de un perjuicio irremediable.
- SEGUNDO. ORDENAR al Director General de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta providencia, adopte todas las medidas necesarias para reconocer y hacer efectivo el derecho de la señora Lucila Botero de Pérez a recibir la pensión que correspondía al mayor (r) Pérez Pérez, mientras la jurisdicción competente decide sobre la legalidad de los actos administrativos reseñados en esta providencia.
- TERCERO. Por Secretaria General, líbrense las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a21
T-813/02Derecho Al Debido Proceso. Solicitud Reconocimiento Pension De Sobrevivientes. Termino Para Expedir Nuevo Acto Administrativo. Acreditacion Vida Marital. Respuesta Recurso De Apelacion Interpuesto. Ley 100 De 1993. Art. 47. Ley 717 De 2001. Concedida.T-600/02Derecho A La Igualdad Y Trabajo. Concurso De Meritos De La Rama Judicial. Lista De Elegibles. Homologacion De Cargos. Actualizacion Y Reclasificacion De La Informacion. Buena Fe. Negada.C-888/02Regimenes Prestacionales Del Personal Civil De Mindefensa Y Policia Y De Oficiales Y Suboficiales De Fuerzas Militares. Oportunidad De Reconocimiento De Prima De Servicio Respecto De La Prima De AntigüedadC-835/02Estatuto Del Personal De Agentes De La Policia Nacional. Muerte Simplemente En Actividad. Regimen Prestacional General Ley 100 De 1993. Art. 46 Y Especial. Trato Diferencial.T-1316/01Derecho A La Igualdad. Solicitud Incremento De Mesadas Pensionales. Tutela Como Mecanismo Transitorio. Perjuicio Irremediable Y Sujetos De Especial Proteccion. Concepcion Dual. Especial Proteccion A Personas De Tercera Edad. Negada.T-1198/01Derechos A La Igualdad Trabajo Y Debido Proceso Administrativo. Inscripcion Y Seleccion Para Curso De "area Y Aproximacion No Radar". Existencia De Otro Medio De Defensa Judicial. Negada.
Ver las 21 →Citada por380
T-453/24Derechos Al Habeas Data Y Al Debido Proceso Entre Particulares-Controversias Entre Plataformas De Servicios Electrónicos O Redes Sociales Y Usuarios (Bloqueo De Cuenta En Tikto)T-371/24Derechos A Elegir Y Ser Elegido Y A La Participación Política-Improcedencia Por Requisito De Subsidiariedad (Medio De Control Nulidad Electoral-Mecanismo Idóneo Y Efectivo De Protección)T-290/24Derechos Al Saneamiento Básico Y Al Ambiente Sano (Vivienda Digna, Intimidad Y Salud)-Orden De Prestar El Servicio De Alcantarillado Mediante Acometidas De Redes E Infraestructura Idónea.T-259/24Derechos A La Vida Digna, Al Trabajo Y Seguridad Social-Estabilidad Laboral Reforzada Por Fuero De Paternidad (Mínimo Vital). Flexibilización Del Requisito De Subsidiariedad. Jurisprudencia Constitucional.T-224/24Principio De Autonomía Indígena (Permiso De Construcción Otorgado Por Gobernador Indígena) Y Derecho A La Vivienda Digna-Régimen De Las Licencias Urbanísticas (Proporcionalidad De Las Medidas En Proceso De Policía Por Infracciones Urbanísticas)T-201/24Armonización Entre Recuperación O Restitución Del Espacio Público (Proceso Policivo), Frente Al Principio De Confianza Legítima Y Derecho Al Trabajado De Vendedores Informales (Reubicación).
Ver las 380 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.