Micelio
Sentencia de Tutela24 de septiembre de 2018

T-393 de 2018

Ponente Alberto Rojas Ríos

Demandante Ana Luisa Valencia Gamboa·Demandado Uariv

Tema · dato duro
Inscripcion En El Registro Unico De Victimas.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Ayuda Humanitaria
  • Marco normativo
  • Etapas
Desaparicion Forzada
  • Deberes del Estado
  • Tipificación como delito
  • Definiciones
  • Elementos que lo configuran
Inscripcion En El Registro Unico De Victimas
  • Procedimiento
  • Límite temporal para realizar la declaración como víctima
Victimas Del Conflicto Armado Interno
  • Procedencia de tutela por ser sujetos de especial protección constitucional
Legitimacion Por Activa En Tutela
  • Persona natural que actúa en defensa de sus propios intereses
Accion De Tutela Para Solicitar Inscripcion En El Ruv
  • Orden a la UARIV inscribir a accionante y a sus hijas menores en el RUV
  • Se distorsionaron los argumentos más importantes de la sentencia T-519 de 2017 para llegar, en el caso concreto, a una conclusión completamente opuesta, pese a que se trata de casos similares
Derecho A La Reparacion
  • Fundamento constitucional
Registro Unico De Victimas Contenido En La Ley 1448 De 2011
  • Requisito declarativo y no constitutivo de la condición de víctima de desplazamiento para acceder a los beneficios legales y a los diferentes mecanismos de protección
14 temas · 20 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

La accionante aduce que la UARIV vulneró sus derechos fundamentales y los de sus hijas menores de edad, al negarse a inscribirlas en el Registro Único de Víctimas, con el argumento de que había hecho su declaración como víctima por fuera de los términos establecidos en la ley.

Se analiza temática relacionada con el fundamento constitucional y el marco legal de la ayuda humanitaria y de la reparación integral, al igual que sobre el fundamento constitucional del término previsto en el artículo 155 de la Ley 1448 de 2011.

Se CONCEDE el amparo invocado y se ordena a la entidad inscribir a la peticionaria y a sus hijas atendiendo las particularidades del hecho victimizante “desaparición forzada” como delito de ejecución permanente que continúa consumándose en el tiempo, toda vez que a la fecha su compañero sigue desaparecido.

Le ordena igualmente que, una vez inscritas en el RUV les otorgue las medidas de reparación a que tengan derecho en calidad de víctimas.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo del 8 de noviembre de 2017 proferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Gualadajara de Buga, que confirmo la decision del 27 de septiembre de 2017, proferida por el Juzgado
  2. Segundo. Laboral del Circuito de Buenaventura, Valle, mediante la cual "nego por improcedente" la accion de tutela promovida por la ciudadana Ana Luisa Valencia Gamboa contra la Unidad Administrativa Especial para la Atencion y la Reparacion Integral a las Victimas.
  3. Segundo. CONCEDER el amparo solicitado por la ciudadana Ana Luisa Valencia Gamboa contra la Unidad Administrativa Especial para la Atencion y la Reparacion Integral a las Victimas, para lo cual se ordena a la UARIV que inscriba a la accionante y a sus dos hijas menores atendiendo las particularidades del hecho victimizante "desaparicion forzada", como delito de ejecucion permanente que continua consumandose en el tiempo, dado que a la fecha Yefferson Valencia Arroyo sigue desaparecido. Una vez inscritas en el RUV otorgue las medidas de reparacion a que tenga derecho la accionante y sus hijas en calidad de victimas. Asi mismo estudie la solicitud de inscripcion por el hecho victimizante de "desplazamiento forzado" de la accionante y sus hijas, conforme se advirtio en la parte motiva de esta providencia.
  4. Tercero. LIBRAR, a traves de la Secretaria General, las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, y DISPONER, a traves del Juzgado
  5. Segundo. Laboral del Circuito de Buenaventura- Valle, la realizacion de la notificacion a las partes de que trata esa misma norma.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoCarlos Libardo Bernal Pulido
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.