Micelio
Sentencia de Tutela26 de abril de 2023

T-118 de 2023

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Ríos De Ospina Rosa María·Demandado Colpensiones

Tema · dato duro
Acción De Tutela Para Reconocimiento De Sustitución Pensional O Pensión De Sobrevivientes-No Cumple Requisitos Del Test De Procedencia Requiere Debate Probatorio Amplio Que De Certeza Del Derecho Prestacional.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

En este caso se atribuye a Colpensiones la vulneración de derechos fundamentales de la actora, como consecuencia de negaren varias ocasiones el reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes que reclamó con ocasión del fallecimiento de su hijo, tras considerar que el causante no cumplía con la densidad de semanas cotizadas que exige la norma para reconocer dicha prestación.

Por no superar el test de procedencia establecido en la Sentencia SU.005/18 para el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes a través de la acción de tutela se declara la IMPROCEDENCIA de la acción.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. LEVANTAR la suspensión de términos decretada en el presente proceso
  2. Segundo. REVOCAR la sentencia proferida por la Sala Tercera de Oralidad del Tribunal Administrativo de Antioquia el 2 de marzo de 2021, por medio de la cual confirmó el fallo adoptado el 18 de noviembre de 2020 por el Juzgado
  3. Tercero. Administrativo Oral del Circuito de Medellín, en la acción de tutela interpuesta por Rosa María Ríos de Ospina. En su lugar, DECLARAR IMPROCEDENTE el amparo de los derechos a la seguridad social y mínimo vital.
  4. Tercero. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible2
SalvamentoAlejandro Linares CantilloSalvamentoJorge Enrique Ibáñez Najar
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.