T-309 de 2018
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Sonia Bertilda Berrocal Orozco·Demandado Savia Salud E.P.S.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Orden a EPS asumir los gastos de transporte y viáticos de accionante y acompañante
- Trámite que deben cumplir los profesionales de la salud para ordenar como servicio complementario el transporte y viáticos de pacientes y acompañantes
- Reglas jurisprudenciales para acceder a los servicios que se encuentran excluidos
- Doble connotación al ser un derecho fundamental y al mismo tiempo un servicio público
- Carácter autónomo e irrenunciable
- Principios rectores
- Naturaleza y alcance
- Reiteración de jurisprudencia
- Reiteración de jurisprudencia
- Marco normativo
- Confirió a Superintendencia Nacional de Salud facultades jurisdiccionales para adelantar procedimientos que resuelvan controversias entre entidades promotoras de salud y usuarios
- Reformó el Sistema General de Seguridad Social en Salud, ampliando el ámbito de competencia de la Superintendencia Nacional de Salud, e instituyó un procedimiento “preferente y sumario"
- Procedencia dada la menor eficacia del mecanismo judicial ante la Superintendencia Nacional de Salud previsto en la ley 1122 de 2007
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
La accionante se encuentra vinculada al Sistema de Seguridad Social en Salud en el régimen subsidiado como cabeza de familia y como población nivel I del Sisbén.
Por estar diagnosticada con cáncer se encuentra en tratamiento de oncología y quimioterapia en una ciudad diferente a la de su residencia, a la cual debe asistir cada 15 días y con un acompañante.
Además, como consecuencia del tratamiento de radioterapia realizado, presenta un edema linfático severo en miembro inferior derecho que le dificulta la marcha y el desplazamiento.
Aduce, que por su precaria condición económica no cuenta con los recursos necesarios para afrontar los gastos de estadía, alimentación y desplazamiento para ella y sus acompañantes.
La entidad accionada no le ha dado respuesta a la solicitud que le hizo para que asumiera estos costos.
Se analiza temática relacionada con 1º.
La procedencia excepcional de la acción de tutela cuando existen otros mecanismos ordinarios de protección. 2º.
El derecho fundamental a la salud. 3º.
Las reglas jurisprudenciales para acceder a servicios no PBS. 4º.
El servicio de transporte como un medio de acceso al servicio de salud y, 5º.
Los gastos de transporte y viáticos para el afiliado y su acompañante.
Se CONCEDE.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado 2deg Penal del Circuito con Funcion de Conocimiento de Apartado (Antioquia) el 13 de diciembre de 2017 dentro del proceso de tutela promovido por la senora Sonia Bertilda Berrocal Orozco contra la EPS Savia Salud por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia y, en su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales a la vida y a la salud de la senora Sonia Bertilda Berrocal Orozco.
- SEGUNDO. ORDENAR a la EPS Savia Salud que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion de esta providencia, asuma los gastos de transporte y viaticos de la senora Sonia Bertilda Berrocal Orozco y de su acompanante desde el municipio de Apartado (Antioquia) hasta la ciudad de Medellin (Antioquia) mientras se supera el diagnostico establecido por el medico tratante de "edema linfatico severo en miembro inferior" u otro que le dificulte la marcha.
- TERCERO. LIBRESE por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.