T-248 de 2018
Ponente Carlos Libardo Bernal Pulido
✓Demandante Luz Del Carmen Castrillon De Tapias·Demandado Corte Suprema De Justicia, Sala Laboral
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia por cuanto de la decisión judicial impugnada no se deriva una afectación a los derechos fundamentales de la parte actora
- Improcedencia por cuanto no se acredita una afectación de las dimensiones constitucionales del debido proceso, sino que propone un debate propio de la justicia ordinaria y no de la constitucional
- Reiteración de jurisprudencia sobre procedencia excepcional
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se aduce que la sentencia judicial cuestionada incurrió en un defecto fáctico porque la valoración probatoria no fue adecuada.
La Corte confirma la decisión de instancia que declaró IMPROCEDENTE la solicitud de amparo por no acreditar los requisitos genéricos o de procedibilidad de la acción de tutela contra providencias judiciales.
Esto, porque no se constató una afectación de las dimensiones constitucionales del debido proceso, sino que se proponía un debate propio de la justicia ordinaria.
De otro lado, porque del fallo cuestionado no se derivaba una afectación a los derechos fundamentales de la peticionaria y, porque la demanda se restringió a cuestionar el sentido de la decisión adoptada por el Juez de Casación y la valoración que hizo en relación con las pruebas del expediente, lo que suponía el ejercicio de la acción constitucional como una instancia procesal adicional.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. CONFIRMAR la sentencia del 31 de octubre de 2017, proferida por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, que declaro improcedente la accion de tutela interpuesta por Luz del Carmen Castrillon de Tapias en contra de la Sala de Casacion Laboral, Sala de Descongestion No 2, de la Corte Suprema de Justicia, por las razones expuestas en la parte motiva.
- SEGUNDO. EXPEDIR, por conducto de la Secretaria General, las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.