SU- de 2022
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Fraynd Rabinovich Saul Y Otros·Demandado Sala De Casacion Civil De La Corte Suprema De Justicia.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Intervención como coadyuvantes
- Relevancia constitucional como requisito de procedibilidad
- Reiteración de jurisprudencia sobre procedencia excepcional
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
- Improcedencia por incumplir requisito de relevancia constitucional
- Alcance del artículo 13 del Decreto 2591/91
- Finalidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
La vulneración de derechos fundamentales se atribuye a la decisión judicial adoptada en el trámite especial de exequátur iniciado por el Departamento de Servicios Financieros del Estado de Florida (Estados Unidos) en contra de los accionantes, por el incumplimiento de los Estatutos de Florida, específicamente por su presunta responsabilidad en la distribución de fondos no permitidos.
Se aduce que el fallo cuestionado implicó la vulneración del derecho al debido proceso, porque pretendía hacer valer una sentencia proferida en el extranjero que desconocía el orden público colombiano, porque era contraria al precedente que la Corte Suprema de Justicia ha aplicado para la procedencia del exequátur y, en el caso particular de un accionante, buscaba evitar la afectación de una decisión que trasgredió sus derechos fundamentales, porque el proceso se adelantó si su audiencia y sin haber sido notificado personalmente, por haber sido expulsado de Estados Unidos.
Se atribuye a la providencia censurada los defectos fáctico, sustantivo y violación directa de la Constitución.
Se reitera jurisprudencia relacionada con la procedencia excepcional de la acción de tutela contra providencias judiciales y el requisito de relevancia constitucional.
La Corte constató que asunto bajo estudio no satisface el requisito de relevancia constitucional, en tanto no se encamina a obtener la protección de derechos fundamentales, sino que versa únicamente sobre la inconformidad con una decisión extranjera homologada que resultó desfavorable a las pretensiones económicas de los peticionarios.
Se declara IMPROCEDENTE la acción de tutela deprecada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida el 25 de junio de 2020 por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia y, en su lugar, DECLARAR IMPROCEDENTE la acción de tutela.
- SEGUNDO. LÍBRENSE por Secretaría General las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.