Micelio
Sentencia de Tutela16 de mayo de 2016

T-241 de 2016

Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

Demandante Nubia Mercedes Mateus Hernandez·Demandado Juzgado Primero Promiscuo Municipal De Barbosa

Tema · dato duro
Enfoque De Genero. Importancia En Las Decisiones Judiciales Sobre Violencia Contra La Mujer.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A Un Recurso Judicial Efectivo
  • Desarrollo en el Sistema Interamericano
  • Alcance constitucional
Fuente Formal Internacional De La Proteccion A La Mujer Contra La Violencia
  • Instrumentos internacionales ratificados por Colombia
Garantia De Las Victimas A La No Repeticion
  • Deber del Estado de evitar su revictimización
Proteccion Especial De La Mujer
  • Jurisprudencia constitucional
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Se debió aplicar el enfoque de género en la resolución del caso concreto
  • Reiteración de jurisprudencia sobre procedencia excepcional
  • Requisitos generales y especiales de procedibilidad
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales En Proceso De Violencia Intrafamiliar
  • Procedencia por defecto fáctico por indebida valoración probatoria
Defecto Factico
  • Dimensión negativa y positiva
Garantia De No Repeticion
  • Contenido y alcance
Garantia De No Repeticion Del Delito Victimas Amenazadas
  • Obligación de brindarle protección para que no vuelvan a ser objeto de la misma conducta punible
Enfoque De Genero
  • Importancia en las decisiones judiciales sobre violencia contra la mujer
16 temas · 15 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se demanda en sede de tutela el fallo judicial que revocó una decisión de la Comisaría de Familia, consistente en imponer una sanción al exesposo de la actora por haber incumplido la medida de protección que la favorecía.

La revocatoria se fundamentó en la supuesta falta de análisis de las pruebas obrantes en el expediente administrativo.

A juicio de la demandante, el juez quebrantó sus garantías constitucionales porque el agresor la sigue acosando psicológicamente y continúa rondando los alrededores de su vivienda.

Se analizan los siguientes temas: 1º.

Las medidas de protección eficaces y recurso judicial efectivo de las mujeres víctimas de violencia. 2º.

La protección constitucional de las mujeres. 3º.

La procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales y, 4º.

El defecto fáctico por omitir y valorar defectuosamente el material probatorio.

Se TUTELA el derecho al debido proceso, se revoca la sentencia impugnada, se confirma la decisión de la Comisaría de Familia y se previene a los comisarios de familia, a los jueces civiles, promiscuos municipales y a los jueces de control de garantías, para que ciñan sus actuaciones en casos similares de violencia familiar, de manera estricta a la Ley 294 de 1996, modificada por la Ley 575 de 2000, y a la Ley 2008 1257 de 2008, con un enfoque de género.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. TUTELAR el Derecho al debido proceso de la senora Nubia Mercedes Mateus Hernandez y en consecuencia REVOCAR la decision del Juzgado
  2. Primero. Promiscuo Municipal con Funcion de Conocimiento y Depuracion de Barbosa - Santander del veinticuatro (24) de abril de dos mil quince (2015), que revoco en su integridad la decision de la Comisaria de Familia de Barbosa - Santander de tres (3) de marzo de dos mil quince (2015).
  3. SEGUNDO. CONFIRMAR la decision de la Comisaria de Familia de Barbosa - Santander de tres (3) de marzo de dos mil quince (2015) en la cual se impuso una sancion de dos (02) salarios minimos mensuales legales vigentes al senor Jesus Arnulfo Grandas Duarte por haber incumplido la medida de proteccion de 24 de septiembre de 2012.
  4. TERCERO. PREVENIR a los Comisarios de familia, a los Jueces Civiles o Promiscuos Municipales y a los Jueces de Control de Garantias que deberan cenir sus actuaciones en casos similares de violencia familiar de manera estricta a la Ley 294 de 1996, modificada por la Ley 575 de 2000, y a la Ley 1257 de 2008, con un enfoque de genero.
  5. CUARTO. Por Secretaria General librese las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible2
AclaraciónLuis Ernesto Vargas SilvaAclaraciónAlberto Rojas Ríos
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.