Micelio
Sentencia de Tutela10 de marzo de 2011

T-164 de 2011

Ponente Humberto Antonio Sierra Porto

Demandante Gerardo Segura·Demandado Cajanal Buen Futuro Patrimonio Autonomo

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

3 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Seguridad social.

El accionante, hombre de 82 años de edad, cotizó a la Caja Nacional de Previsión Social 4197 días, equivalentes a 599 semanas.

En mayo de 1999 solicitó ante dicha institución el reconocimiento y pago de la indemnización sustitutiva y la petición le fue negada bajo el argumento de que dicha indemnización fue creada para el servidor público, por la Ley 100 de 1993 y que él había realizado las cotizaciones al sistema de seguridad social, con anterioridad a la expedición de la misma, lo que haría, de reconocerse la sustitución, que se le diera un efecto retroactivo a la norma.

Analizada la procedencia de la acción, la Sala considera que este mecanismo es el idóneo y eficaz, por cuanto el peticionario sobrepasa el índice promedio de vida en Colombia y en relación con la indemnización sustitutiva, se recuerda que es un derecho irrenunciable e imprescriptible y además, que no reconocerlo propiciaría un enriquecimiento sin junta causa a favor de la entidad que recibió los aportes del afiliado.

Concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellin y, en consecuencia, CONCEDER amparo al derecho fundamental a la seguridad social del senor Gerardo Segura.
  2. Segundo. ORDENAR a la Caja Nacional de Prevision Social hoy CAJANAL IECE - BUEN FUTURO patrimonio autonomo, que dentro del termino de cuarenta y ocho (48) horas contado a partir de la notificacion de la presente providencia, proceda a reconocer y sufragar el valor correspondiente a la indemnizacion sustitutiva del ciudadano Gerardo Segura, de acuerdo con las semanas de cotizacion que han sido debidamente acreditadas.
  3. Tercero. Por Secretaria librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.