Micelio
Sentencia de Tutela2 de septiembre de 2008

T-855 de 2008

Ponente Humberto Antonio Sierra Porto

Demandante Germán Bautista Serrano·Demandado Sala De Casación Laboral De La Corte Suprema De Justicia, La Sala Civil, Familia Y Laboral Del Tribunal Superior De Distrito Judicial De Neiva Y El Banco Cafetero En Liquidación

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A Mantener El Poder Adquisitivo De Las Pensiones Y La Indexacion De La Primera Mesada
  • La inmediatez no es argumento que permita declarar la improcedencia de la tutela en el presente caso
  • No cabe ningún trato diferenciado, ni siquiera por el transcurso del tiempo
Defecto Sustantivo
  • No se presenta en este caso por cuanto la decisión fue realizada con los criterios jurisprudenciales del momento y un cambio de jurisprudencia posterior no afecta la cosa juzgada
Indexacion De La Primera Mesada Pensional
  • Reiteración de jurisprudencia
Consejos Seccional Y Superior De La Judicatura
  • Competencia para conocer en primera y segunda instancia de la presente acción de tutela
Defecto Por Desconocimiento Del Precedente
  • No se presenta en este caso porque los jueces ordinarios reconocieron la indexación de la primera mesada pensional actualizando las sumas con base en el IPC y tal como lo señaló la C-862/06
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Procedencia excepcional
  • Requisitos generales y especiales de procedibilidad
8 temas · 10 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho al debido proceso, igualdad, seguridad social y principio de favorabilidad de pensionado de la entidad bancaria accionada quien considera que el fallo a través del cual se hizo la actualización de su primera mesada pensional contiene ciertos defectos, a saber: (i)un defecto sustantivo, por la omisión en la aplicación de la fórmula de indexación de la primera mesada pensional del decreto 1748 de 1995 y el artículo 178 del c.c.a.y (ii)un defecto por desconocimiento del precedente, debido a la inobservancia de la jurirpudencia de la corte constitucional que ha hecho el cálculo con base en la fórmula r=rh índice final/índice inicial. <br>el derecho a la indexación del salario base para la liquidación de la primera mesada pensional.

Se concluyó que jurisprudencialmente se ha entendido a la indexación como un mecanismo idóneo -aunque no el único- para garantizar la actualización de la primera mesada pensional cuando ha mediado un tiempo sustancial entre la fecha de retiro del trabajador y el reconocimiento de la pensión. <br>procedencia excepcional de la acción de tutela en contra de providencias judiciales.

Reiteración jurisprudencial. <br>la sala determinó que en ninguna de las providencias que se reprocha se incurrió en los defectos que señala el actor, pues en ambos fallos se hizó énfasis en que,si bien el actor adquirió los derechos con base en lo dispuesto en la ley 33 de 1985, las prestaciones le fueron reconocidas de conformidad con la ley 100 de 1993, lo que hacía aplicable el artículo 36 de la misma que exige que la valoración de la indexación se haga anual. <br>negada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. Por las razones expuestas en esta providencia, CONFIRMAR las sentencias de tutela sometidas a revision proferidas por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca, el veinte (20) de febrero de dos mil ocho 2008 y la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura el quince (15) de abril de 2008.
  2. SEGUNDO. ORDENAR a la Secretaria General de esta Corporacion enviar de vuelta al Juzgado
  3. Segundo. Laboral del Circuito de Neiva, el expediente del proceso laboral iniciado por el senor German Bautista Serrano contra BANCAFE, en cuatro cuadernos de 153, 81, 14 y 88 folios.
  4. TERCERO. Por Secretaria LIBRESE la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.