Micelio
Sentencia de Tutela12 de marzo de 2018

T-092 de 2018

Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez

Demandante Luz Elena Sandoval Nupan·Demandado Nueva E.P.S. Y Otro

Tema · dato duro
Derecho A La Salud. Vulneracion Por Barrera Para Entrega De Medicamento En Ciudad Distinta A La De Residencia De La Accionante.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Fundamentalidad Del Derecho A La Salud
  • Principios rectores como eficiencia, universalidad y solidaridad
Ley 1122/07
  • Confirió a Superintendencia Nacional de Salud facultades jurisdiccionales para adelantar procedimientos que resuelvan controversias entre entidades promotoras de salud y usuarios
Legitimacion Por Activa En Tutela
  • Persona natural que actúa en defensa de sus propios intereses
Accion De Tutela Para Que Medicamento Sea Entregado En Municipio De Residencia
  • Procedencia por cuanto discusión respecto del lugar de entrega de medicamento no es competencia de la Superintendencia Nacional de Salud y medio ordinario no resulta idóneo
Derecho A La Salud
  • Doble connotación al ser un derecho fundamental y al mismo tiempo un servicio público
  • Vulneración por barrera para entrega de medicamento en municipio de residencia de la accionante, quien se encuentra en silla de ruedas
Derecho A La Seguridad Social
  • Servicio público de carácter obligatorio y derecho irrenunciable
Derecho Fundamental A La Salud
  • Carácter autónomo e irrenunciable
Elementos Esenciales Del Derecho A La Salud
  • Accesibilidad económica, disponibilidad, aceptabilidad y calidad
Legitimacion Por Pasiva En Tutela
  • Entidad que se ocupa de prestar el servicio público de salud
Suministro Oportuno De Medicamentos
  • Reiteración de jurisprudencia
Principio De Subsidiariedad De La Acción De Tutela
  • Juez debe verificar si ante la existencia de otro medio de defensa judicial, éste es eficaz e idóneo
14 temas · 15 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

La actora alega que las entidades demandadas vulneraron sus derechos fundamentales al no hacer entrega del medicamento prescrito por el médico tratante en el municipio donde reside, no obstante las dificultades que tiene debido a la movilidad reducida que presenta como producto de la enfermedad que padece, para la cual solicita también en la acción de tutela que se ordene el tratamiento integral que requiere.

Se reitera jurisprudencia relacionada con el derecho a la salud y la obligación de proceder al suministro de medicamentos en forma oportuna y eficiente.

Se confirma la decisión de instancia que AMPARÓ los derechos a la salud y a la vida digna de la peticionaria.

Se deniega la pretensión de ordenar el tratamiento integral, por la falta evidencia sobre la negación de un tratamiento o procedimiento.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR el fallo proferido el 29 de junio de 2017 por el Juzgado 18 Laboral del Circuito de Santiago de Cali, en el cual se concedió el amparo de los derechos fundamentales a la salud y a la vida digna, dentro del trámite de la acción de tutela instaurada por la señora Luz Elena Sandoval Nupan contra la Nueva EPS y Audifarma S.A.
  2. Segundo. Por Secretaría General de la Corte Constitucional, LÍBRESE las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.