T-279 de 2010
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
✓Demandante Adalberto Perez Hernandez Y Otros·Demandado Ecopetrol S.A.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Caso en que miembros del sindicato USO consideran ser víctimas de trato discriminatorio por no incremento salarial de acuerdo al I.P.C respecto a trabajadores no sindicalizados
- Improcedencia por no cumplir con el requisito de inmediatez
- Improcedencia por cuanto no se puede dar aplicación al precedente judicial dispuesto en la sentencia T-607 de 2008
- Desarrollo constitucional como principio mínimo fundamental de las relaciones laborales
- Reiteración de jurisprudencia sobre la razonabilidad del tiempo transcurrido entre el hecho que dio origen a la acción y la presentación de la misma
- Precedente jurisprudencial fijado por la Corte Constitucional mediante sentencia T-607/08
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Mínimo vital, igualad, asociación sindical, movilidad salarial.
El actor interpuso acción de tutela en representación de varios trabajadores de Ecopetrol S.A., solicitando el incremento salarial de los últimos cuatro años en el porcentaje establecido en el IPC.
La Sala se pronuncia sobre la movilidad salarial, el principio de inmediatez y su precedente jurisprudencial, se concluye que la acción de tutela es improcedente por no cumplir con el principio de inmediatez y porque a los actores se les reconoció un bono pensional por el tiempo en que dejaron de recibir el incremento salarial.
Niega.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. REVOCAR los fallos proferido por la Sala de Decision Uno y la Sala Quinta del Tribunal Administrativo de Bolivar de fechas 12 de junio de 2009, 23 de julio de 2009, del 12 de agosto de 2009, del 30 de septiembre de 2009, del 28 de agosto de 2009, del 11 de septiembre de 2009 y el 12 de agosto de 2009 que resolvieron la accion de tutela promovida por Adalberto Perez Hernandez y otros; Agustin Lopez Ustaris y otros; Albersio Antonio Medina Marquez y otros; Alvaro Monsalve Carrascal y otros; Manuel Camargo Morales; Alfredo Ferrer Palomino y otros; Ivan Jimenez Marrugo y otros contra Ecopetrol S.A., y en su lugar, NEGARA por improcedente la proteccion invocada para el amparo de sus derechos a la igualdad y a la movilidad salarial de los accionantes.
- Segundo. Por Secretaria LIBRESE la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines alli contemplados
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.