Micelio
Sentencia de Unificación13 de marzo de 2013Sala Plena

SU- de 2013

Ponente Alexei Egor Julio Estrada

Demandante Jaime Ortiz·Demandado Corte Suprema De Justicia Sala Laboral

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Indexacion Y Contabilizacion Del Termino De Prescripcion
  • Precedente fijado en sentencias SU.1073/12 y SU.131/13
Indexacion De La Primera Mesada Pensional Y Minimo Vital
  • Orden para reconocer y pagar la indexación de la primera mesada pensional
Indexacion
  • Concepto y desarrollo legislativo
Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales Para Indexacion De La Primera Mesada Pensional
  • Procedencia excepcional
  • Procedencia por configuración de defecto sustantivo, indebida aplicación normativa y omisión en la aplicación directa de la Constitución
Derecho De Acceso A La Administracion De Justicia Y Tutela Judicial Efectiva
  • Reiteración Auto 004/04 y Auto 100/08 para que tutelas contra Salas de la Corte Suprema de Justicia sean revisadas por la Corte Constitucional
7 temas · 8 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Tutela contra providencia judicial.

Sentencia de unificación.

Se interpone la acción de tutela en contra de una decisión proferida por la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en la que, al casar los fallos dictados dentro de un proceso ordinario laboral iniciado por el accionante en contra de la Caja de Crédito Agrario y Minero, en liquidación, negó la indexación de la primera mesada pensional, bajo el argumento de que este derecho se causó con antelación a la vigencia de la Constitución de 1991.

La Sala analiza la siguiente temática 1º.

Procedencia excepcional de la acción de tutela contra providencias judiciales. 2º.

El derecho a la indexación de la primera mesada pensional y 3º.

La certeza del derecho a la indexación como determinante del término de contabilización de la prescripción de las obligaciones debidas.

Luego de establecer que la acción de tutela es procedente en el presente caso porque la decisión atacada desconoció los derechos fundamentales del pensionado a la igualdad, la seguridad social y la vida digna al aplicar la ley al margen de los dictados de la Constitución, la Sala Plena decide AMPARAR los derechos del accionante y siguiendo el precedente fijado en la sentencia SU1073/12 sobre la certeza del derecho de la indexación y el término de la prescripción, ordena a la Caja Agraria, Industrial y Minero en Liquidación o a quien haga sus veces, proceder a indexar la primera mesada del actor, proceder a pago retroactivo de las diferencias entre los valores efectivamente recibidos y el valor de la mesada indexada, comprendido en los tres años anteriores contados a partir de la fecha de la presente sentencia. <br> <br>

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la decision de la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia, que nego, en sentencia del 8 de junio de 2010, la tutela de los derechos del accionante.
  2. Segundo. DEJAR SIN EFECTOS las sentencias proferidas por la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia, el 18 de noviembre de 2009, la Sala Laboral del Tribual Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca, el 17 de abril de 2008 y el Juzgado 18 Laboral del Circuito de Bogota, el 7 de marzo de 2006 dentro del proceso laboral ordinario promovido por el senor Jaime Ortiz contra la Caja de Credito Agrario, Industrial y Minero - en liquidacion.
  3. Tercero. ORDENAR a la Caja de Credito Agrario, Industrial y Minero - en liquidacion o a quien haga sus veces, que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificacion de esta providencia, proceda a indexar la primera mesada del senor Jaime Ortiz. De igual manera debera proceder al pago retroactivo de las diferencias entre los valores efectivamente recibidos y el valor de la mesada indexada, comprendidos en los tres anos anteriores, contados a partir de la fecha de esta sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónNilson Pinilla Pinilla
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.