SU- de 2018
Ponente Alberto Rojas Ríos
✓Demandante German Velez Ortiz·Demandado Consejo De Estado, Sala De Lo Contencioso Administrativo, Seccion Primera
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Evolución jurisprudencial respecto al reemplazo de la expresión "vía de hecho" por la de "causales genéricas de procedibilidad"
- Improcedencia por incumplir requisito de inmediatez y subsidiariedad, por cuanto no se ejerció recurso extraordinario de revisión en proceso de nulidad simple
- Procedencia excepcional
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
- Idoneidad y eficacia
- Causales de procedencia
- Debe ponderarse bajo el criterio del plazo razonable y oportuno
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se ataca la decisión judicial proferida al interior de un proceso de nulidad simple iniciado por el actor en contra del Decreto Reglamentario 4525 de 2005, por medio del cual reglamentó lo relacionado con el desarrollo, manipulación, transporte, utilización, transferencia y liberación de cualquier organismo vivo modificado, con la finalidad de evitar y reducir los posibles riesgos que se puedan presentar contra los recursos naturales y el medio ambiente.
Se dice que dicha providencia incurrió en los defectos de desconocimiento del precedente judicial, falta de motivación y violación directa de la Constitución.
Se reitera jurisprudencia constitucional relacionada con la procedencia excepcional de la acción de tutela contra providencias judiciales.
La Corte concluyó que el actor no acudió con inmediatez a la jurisdicción constitucional en busca del amparo invocado, sin razón que justificara su tardanza.
Además consideró que se incumplió con el requisito de subsidiariedad, toda vez que el accionante promovió un incidente de nulidad procesal con el fin de que se decretara la nulidad del fallo cuestionado en sede de tutela, cuando el mecanismo idóneo para hacerlo era el recurso extraordinario de revisión.
Se confirman las decisiones de instancia que declararon IMPROCEDENTE la acción de tutela formulada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. CONFIRMAR las sentencias del 25 de mayo de 2017, proferida por el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Seccion Segunda, Subseccion A, y del 17 de agosto de 2017, emitida por la Seccion Cuarta de esa misma Corporacion, por las cuales se declaro improcedente la accion de tutela formulada por el ciudadano GERMAN VELEZ ORTIZ, pero por las razones expuestas en la parte motiva de esta sentencia.
- SEGUNDO. Por Secretaria General librense las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.