C-692 de 2008
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Luis Carlos Alvarez Machado
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Elementos que constituyen la garantía del debido proceso en materia disciplinaria
- Límites en materia de procedimientos judiciales y administrativos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 1123 de 2007 articulo 111 (parcial).
Se establece el codigo disciplinario del abogado.
Regimen de transicion.
Tramite con el procedimiento anterior de procesos que se encuentren con auto de apertura de investigacion al entrar en vigencia este codigo.
En los demas procesos, los magistrados de las salas jurisdiccionales disciplinarias de los consejos seccionales de la judicatura implementaran el procedimiento aqui establecido en estricto orden de radicacion.<br>considera el actor que la disposicion acusada quebranta los articulos 3, 4 y 29 de la carta politica.<br>el debido proceso en disposiciones de derecho disciplinario.
Principios de legalidad y favorabilidad.
Potestad del legislador en la configuracion de procedimientos administrativos y principio de aplicacion general e inmediata de la ley procesal en materia disciplinaria.
Interpretacion armonica de los principios de legalidad y favorabilidad en derecho disciplinario, junto con la potestad de configuracion legislativa y el principio de aplicacion inmediata de la ley procesal.<br>la disposicion atacada no resulta contraria al principio de legalidad, por cuanto las "normas preexistentes" a que hace referencia el articulo 29 de la constitucion, son normas de caracter sustantivo, conforme a las cuales se definen las faltas disciplinarias y sus sanciones.
Por otra parte, tampoco es violatoria del principio de favorabilidad, puesto que no prohibe su aplicacion y, por el contrario, en el articulo 7 de la ley 1123 de 2007 se consagra expresamente.
Asi las cosas, a partir de una lectura armonica y sistematica del codigo disciplinario del abogado, asi como de la constitucion y demas normas afines, debe entenderse que en cada caso particular la autoridad competente aplicara la norma mas favorable al investigado o juzgado. <br>exequible
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1123/07. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Declarar EXEQUIBLE, por los cargos analizados, la expresion "En los demas procesos, los Magistrados de las Salas Jurisdiccionales Disciplinarias de los Consejos Seccionales de la Judicatura implementaran el procedimiento aqui establecido" contenida en el
- segundo. inciso (parcial) del articulo 111 de la Ley 1123 de 2007 "por medio de la cual se establece el Codigo Disciplinario del Abogado".
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.