Micelio
Sentencia de Constitucionalidad31 de mayo de 2001Sala Plena

C-555 de 2001

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Jorge Pino Ricci.

Tema · dato duro
Principio De Contradiccion En Proceso Disciplinario. Notificación Personal O Por Edicto
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Debido Proceso Disciplinario
  • Garantía en etapas
  • Notificación personal de primera decisión
Principio De Publicidad En Proceso Disciplinario
  • Notificación personal o por edicto
  • Notificaciones
  • Comunicación al interesado
  • Conocimiento de decisiones
Proceso Disciplinario
  • Oportunidad para controvertir la prueba
  • Oportunidad para rendir exposición espontánea
8 temas · 13 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 200 de 1995.arts. 8084130 y 147 (p).

Codigo disciplinario unico.

Debido proceso principio de contradiccion y notificacion de providencias en el proceso disciplinario.imposicion de sanciones a los servidores publicos.

Exequible .

Estese c-430/97

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 200/95. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 130Ley 200/95EXEQUIBLE
Art. 147Ley 200/95EXEQUIBLE
Art. 80Ley 200/95 «inciso 2»EXEQUIBLE
4 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. Declarar EXEQUIBLE la expresion se comunicara, contenida en el
  2. segundo. inciso del articulo 80 de la Ley 200 de 1995, bajo el entendido que se refiere a la notificacion personal y en subsidio a la notificacion por edicto, cuando a pesar de las diligencias pertinentes, de las cuales se dejara constancia secretarial en el expediente, no se haya podido notificar personalmente.
  3. Segundo. En relacion con el articulo 130 de la ley 200 de 1995, y con la expresion "aquel la recibira cuando considere que existen dudas sobre la autoria de la falta que se investiga. En caso contrario negara la solicitud con auto de tramite" contenida en el articulo 147 de la misma Ley, ORDENAR ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-430 de 1997.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.