Micelio
Sentencia de Constitucionalidad12 de octubre de 2022Sala Plena

C-354 de 2022

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

Demandante Pereira Blanco Miltón José Y Otra·Demandado Ley 35 De 1989

Tema · dato duro
Sanciones Aplicables A Faltas A La Ética Odontológica. Autoridad Competente Para Imponerlas.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Debido Proceso En El Derecho Disciplinario
  • Elementos que constituyen la garantía del debido proceso en materia disciplinaria
Derecho Administrativo Sancionador
  • Sujeto a principios de legalidad, tipicidad y reserva de ley que orientan el debido proceso
Principio De Tipicidad En Derecho Disciplinario
  • Operancia con cierto nivel de flexibilidad respecto del ámbito penal
Tribunal De Ética Odontológica
  • Criterios orientadores para la aplicación de sanciones disciplinarias
  • Sanciones que impone pueden inscribirse en el derecho administrativo sancionador
Inhibicion De La Corte Constitucional Por Ineptitud Sustantiva De La Demanda
  • Incumplimiento de requisitos de claridad, certeza y especificidad en los cargos
8 temas · 9 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 70 a 79 de la Ley 35 de 1989, sobre ética del odontólogo colombiano.

Los demandantes consideran que las disposiciones acusadas desconocen el derecho al debido proceso previsto en el artículo 29 de la Constitución Política.

La Corte encontró que únicamente resultaba apto el cargo presentado contra el artículo 79, el cual se enfoca en la indeterminación que tiene el operador disciplinario para elegir la sanción que debe imponer ante determinada conducta disciplinable.

La Sala Plena declaró EXEQUIBLE el precitado artículo, luego de determinar que no desconoce el principio de legalidad contenido en el artículo 29 Superior Al respecto, reiteró el alcance del derecho sancionatorio disciplinario, específicamente, las reglas sobre el debido proceso en los trámites disciplinarios.

Frente al cargo contra el artículo 80, decidió INHIBIRSE para emitir pronunciamiento de fondo por la falta de claridad, especificidad y suficiencia del cargo propuesto.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 35/89. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 70Ley 35/89EXEQUIBLE
Art. 79Ley 35/89EXEQUIBLE
Art. 80Ley 35/89INHIBITORIO
3 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. Declararse INHIBIDA para decidir el cargo contra el artículo 80 de la Ley 35 de 1989, de acuerdo con lo señalado en esta sentencia.
  2. SEGUNDO. Declarar EXEQUIBLE el artículo 79 de la Ley 35 de 1989 por el cargo analizado en esta sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.