C-354 de 2022
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Demandante Pereira Blanco Miltón José Y Otra·Demandado Ley 35 De 1989
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Elementos que constituyen la garantía del debido proceso en materia disciplinaria
- Distinción
- Sujeto a principios de legalidad, tipicidad y reserva de ley que orientan el debido proceso
- Operancia con cierto nivel de flexibilidad respecto del ámbito penal
- Finalidad
- Criterios orientadores para la aplicación de sanciones disciplinarias
- Sanciones que impone pueden inscribirse en el derecho administrativo sancionador
- Incumplimiento de requisitos de claridad, certeza y especificidad en los cargos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 70 a 79 de la Ley 35 de 1989, sobre ética del odontólogo colombiano.
Los demandantes consideran que las disposiciones acusadas desconocen el derecho al debido proceso previsto en el artículo 29 de la Constitución Política.
La Corte encontró que únicamente resultaba apto el cargo presentado contra el artículo 79, el cual se enfoca en la indeterminación que tiene el operador disciplinario para elegir la sanción que debe imponer ante determinada conducta disciplinable.
La Sala Plena declaró EXEQUIBLE el precitado artículo, luego de determinar que no desconoce el principio de legalidad contenido en el artículo 29 Superior Al respecto, reiteró el alcance del derecho sancionatorio disciplinario, específicamente, las reglas sobre el debido proceso en los trámites disciplinarios.
Frente al cargo contra el artículo 80, decidió INHIBIRSE para emitir pronunciamiento de fondo por la falta de claridad, especificidad y suficiencia del cargo propuesto.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 35/89. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. Declararse INHIBIDA para decidir el cargo contra el artículo 80 de la Ley 35 de 1989, de acuerdo con lo señalado en esta sentencia.
- SEGUNDO. Declarar EXEQUIBLE el artículo 79 de la Ley 35 de 1989 por el cargo analizado en esta sentencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.