C-305 de 2023
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante Aranzález García Rafael Enrique·Demandado Ley 2094 De 2021
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Jurisprudencia constitucional
- Requisitos mínimos
- Ineptitud sustantiva de la demanda por presunta violación del debido proceso
- Incumplimiento de requisitos de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia en los cargos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el parágrafo del artículo 225A de la Ley 1952 de 2019, adicionado por el artículo 40 de la Ley 2094 de 2021 (Código Disciplinario Único).
El demandante considera que la disposición cuestionada, al contemplar la posibilidad de que los funcionarios que llevan a cabo un proceso disciplinario sean los que determinen las formas propias del juicio que van a adelantar. vulnera el artículo 29 de la Constitución Política.
En concreto, el actor adujo que desconoce el respeto debido a las formas propias de cada juicio y los principios de legalidad y de favorabilidad.
Teniendo en cuenta que el cargo propuesto no logró satisfacer los requisitos de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia, la Sala Plena de la Corporación decidió INHIBIRSE de emitir pronunciamiento de fondo.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1952/19. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del Pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE
- Único.- INHIBIRSE de emitir pronunciamiento de fondo sobre el cargo formulado contra el parágrafo del artículo 225A de la Ley 1952 de 2019, adicionado por el artículo 40 de la Ley 2094 de 2021 (Código General Disciplinario).
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.