C-619 de 2015
Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Demandante Cesar Rodriguez Garavito Y Otros·Demandado Ley 685 De 2001
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Declaración de la industria minera como de utilidad pública e interés social
- Falta de especificidad al no contrastar la contradicción entre texto demandado y contenidos normativos específicos de la Constitución
- Inhibición por ineptitud sustancial de la demanda por falta de certeza, especificidad, y suficiencia
- Insuficiencia de cargos al no identificar ramas y fases de la minería que no pueden ser consideradas actividades de utilidad pública e interés social
- No implica facultad del Estado para expropiar bienes inmuebles necesarios para realizar proyectos mineros
- Deberá ser examinada desde la perspectiva de la Constitución Ecológica
- Inexistencia de duda razonable de inconstitucionalidad sobre texto normativo acusado
- Insuficiencia de cargos por falta de sustento de argumentos basados en daños al medio ambiente y a recursos naturales
- Tendrá que darse el debate si se contraría la denominada “Constitución ecológica” al no haberse ponderado el deber del Estado y la ciudadanía de proteger los recursos naturales y e
- Integración de unidad normativa
- Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
- Potestad de decidir en qué casos motivos de utilidad pública e interés social justifican otorgamiento de facultades a la administración para adelantar proce
- Procedencia excepcional
- Procedencia
- Consagración como principio y como derecho
- Asunto que se sometía a consideración de este Tribunal reviste de la mayor importancia constitucional y en el orden internacional de los derec
- Cargos formulados reunían los requisitos que permitían a la Corte realizar examen de fondo y proferir fallo de mérito
- Desarrollo del principio de democracia participativa cuando cargos son ineptos
- Reiteración del precedente jurisprudencial
- Jurisprudencia constitucional
- Requisitos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 13 (parcial) de la Ley 685 de 2001, por el cual se expide el Código de Minas y se dictan otras disposiciones.
Consideran los demandantes que la norma acusada justifica un escrutinio de constitucionalidad estricto, porque la calificación legal de la minería como una actividad de utilidad pública, implica el otorgamiento de una serie de privilegios por encima de otras actividades y bienes jurídicos que gozan de especial protección constitucional.
Los cargos en contra del texto demandado se refieren a las consecuencias jurídicas que el mismo puede tener sobre el medio ambiente, los recursos naturales y la agricultura.
Igualmente, sobre vulneración del principio de descentralización y la autonomía de las autoridades territoriales y de las comunidades étnicas y, la presunta extralimitación del ámbito de configuración del Congreso.
La falta de certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia de los cargos formulados, impidió que la Corte emitiera un pronunciamiento de fondo, por la ineptitud sustantiva de la demanda.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 685/01. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución.
- RESUELVE
- DECLARARSE INHIBIDA para pronunciarse sobre la constitucionalidad de la frase "(E)n desarrollo del artículo 58 de la Constitución Política, declárese de utilidad pública e interés social la industria minera en todas sus ramas y fases", contenida en el artículo 13 de la Ley 685 de 2001, Código de Minas.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.