Micelio
Sentencia de Constitucionalidad5 de mayo de 2017Sala Plena

C-290 de 2017

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Jorge Eduardo Sandoval Monsalve·Demandado Acto Legislativo 02 De 2015

Tema · dato duro
Participación En La Cámara De Representantes De Un Representante Adicional Por La Comunidad Raizal De San Andrés, Dos De Las Comunidades Afrocolombianas, Uno Por Las Indígenas Y Uno Por La Circunscripcion Internacional.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Consulta Previa
  • Como herramienta de participación de la comunidad étnica en principio debe realizarse sin importar que la afectación incida positiva o negativamente en las poblaciones indígenas, no obstante las particulares circunstancias de cada caso, de
  • Jurisprudencia constitucional
  • No es el único mecanismo de participación previsto para los grupos étnicos
Control De Constitucionalidad De Acto Reformatorio De La Constitucion
  • Referentes normativos en la existencia de límite competencial
Convenio 169 De La Organizacion Internacional Del Trabajo
  • Obligaciones que impone a los gobiernos respecto a la participación de los pueblos indígenas
  • Jurisprudencia constitucional
Acto Legislativo
  • Inclusión de derecho específico a comunidad raizal asentada en el Departamento de San Andrés, Providencia y Santa Catalina a tener un vocero en la Cámara de Representantes
Camara De Representantes
  • Diseño y su conformación tiene por finalidad asegurar que los habitantes de todos los territorios sean efectivamente representados
Comision De Conciliacion
  • Condiciones que dan lugar a la activación de la competencia
  • Competencia para superar discrepancias entre las diferentes plenarias
Derecho A La Participacion De Las Comunidades Etnicas
  • Carácter multifacético o pluridimensional
Curul Adicional Para La Comunidad Raizal De San Andres, Providencia Y Santa Catalina En La Camara De Representantes Contenida En Acto Legislativo
  • Se trata de un dispositivo constitucional que favorece la participación efectiva de la comunidad raizal, y no
  • Obligación de consulta previa como razón de inexequibilidad implicaría, suprimir un elemento cardinal del der
Demanda De Inconstitucionalidad Contra Acto Legislativo
  • Incumplimiento de exigencia de pertinencia en cargo por violación de las normas que rigen la competencia del Congreso para modificar la Constitución
Informe De Ponencia De Proyecto De Acto Legislativo
  • Consecuencias de irregularidades en la votación
Informe De Ponencia En Plenarias
  • Efectos de la votación favorable y de su no aprobación
Proceso De Formacion De La Voluntad Del Congreso De La Republica Para Reformar La Constitucion
  • Reglas que tienen como propósito, en general, asegurar que los procesos de deliberación y decisión sobre una modificación a la Carta cumplan condiciones mínimas
Derecho A La Consulta Previa
  • Afectación directa de las comunidades étnicas
Tramite Legislativo
  • Determinación de qué constituye “asunto nuevo"
Consulta Previa De Comunidades Indigenas Y Grupos Etnicos
  • Regla según la cual la aprobación de los actos legislativos exige el agotamiento en aquellos casos en los que la reforma a la Constitución las afecta directamente
Proyecto De Ley
  • Plenarias pueden agregar nuevos artículos aún no considerados en la otra cámara
Proceso Legislativo
  • Juicio sobre el cumplimiento de la regla de los ocho (8) debates a la luz de los principios de consecutividad e identidad flexible
Reforma De Equilibrio De Poderes Y Reajuste Institucional En Acto Legislativo 2 De 2015
  • Aprobación de artículo sobre curul adicional para la comunidad raizal de San Andrés, Providencia y Santa Catalina en la Cámara de Representantes no vulnera los princip
  • Curul adicional para la comunidad raizal de San Andrés, Providencia y Santa Catalina en la Cámara de Representantes no es incompatible con los derechos y obligaciones
Principio De Conservacion Del Derecho
  • Aplicación en eventos en que se omite el deber de consulta previa
Principio De Identidad Relativa O Flexible En Tramite Legislativo
  • Regla fijada por el artículo 375 de la Constitución Política
39 temas · 46 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 6º del Acto Legislativo 02 de 2015, por medio del cual se adopta una reforma de equilibrio de poderes y reajuste institucional y se dictan otras disposiciones.

Los demandantes consideran que la norma cuestionada infringe el artículo 93 de la Constitución que se refiere al bloque de constitucionalidad, como consecuencia de haberse omitido la realización de la consulta previa en contravención de lo preceptuado en los artículos 2, 3, 4 y 6 del Convenio 169 de la OIT.

A su vez, consideran que en el trámite de aprobación de la norma se trasgredieron varias disposiciones y se suprimió el pilar esencial relativo al principio democrático, participativo y pluralista.

Luego de analizar cada uno de los cargos formulados la Corte resolvió declarar EXEQUIBLE la disposición acusada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Acto_legislativo 02/15. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 6Acto_legislativo 02/15EXEQUIBLE
Art. 6Acto_legislativo 02/15EXEQUIBLE
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (25 puntos)
  1. Declarar EXEQUIBLE, el articulo 6 del Acto Legislativo 02 de 2015, unicamente por los cargos analizados.
  2. LUIS GUILLERMO GUERRERO PEREZ
  3. Presidente
  4. ALEJANDRO LINARES CANTILLO
  5. Vicepresidente
  6. AQUILES ARRIETA GOMEZ
  7. Magistrado (E)
  8. Con aclaracion de voto
  9. JOSE ANTONIO CEPEDA AMARIS
  10. Magistrado (E)
  11. HERNAN CORREA CARDOZO
  12. Magistrado (E)
  13. Con aclaracion de voto
  14. IVAN HUMBERTO ESCRUCERIA MAYOLO
  15. Magistrado (E)
  16. Con aclaracion de voto
  17. ANTONIO JOSE LIZARAZO OCAMPO
  18. Magistrado
  19. Impedido
  20. GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
  21. Magistrada
  22. ALBERTO ROJAS RIOS
  23. Magistrado
  24. Con aclaracion de voto
  25. ROCIO LOAIZA MILAN
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible2
AclaraciónIván Humberto Escrucería MayoloAclaraciónHernán Leandro Correa Cardozo
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.