C-219 de 2017
Ponente Iván Humberto Escrucería Mayolo
✓Demandante Milton Jose Pereira Blanco·Demandado Ley 1333 De 2009, Articulo 5 Parcial
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Garantía efectiva en caso de violación de las condiciones, prohibiciones y obligaciones establecidas en la misma legislación amb
- Contenido normativo acusado define lo que debe entenderse por infracción ambiental y, por tanto, no está facultando al reglamento para establecer infracciones
- Aplicación de garantías mínimas del debido proceso penal
- Competencia
- Prohibiciones, condiciones, restricciones y obligaciones ambientales a sus destinatarios, para el aprovechamiento y uso del medio ambiente y los recursos naturales
- Alcance en el ejercicio de la potestad sancionatoria del Estado
- Protección
- Desarrollo jurisprudencial
- Bienes jurídicos deben ser salvaguardados por el Estado a través de dos campos de reglamentación administrativa
- A partir del propósito de su protección, puede llegarse a desconocer la reserva estricta de ley
- Jurisprudencia constitucional
- Límites
- Sentido y alcance
- Integración con el principio de reserva de ley y principio de tipicidad como fundamento del debido proceso administrativo sancionador
- Ámbito de aplicación
- Garantías
- Carga mínima de argumentación
- Aplicación del principio pro actione
- Requisitos mínimos
- Consagración como principio y como derecho
- Deberes del Estado
- Procedimiento
- Desarrollo legal
- Elementos
- Naturaleza policiva de la función atribuida por la ley
- Establecimiento de tipos en blanco
- No puede entenderse que son aquellas que señalen las autoridades administrativas, sino aquellas resultantes del desconocimiento de la normativa ambiental que alude la
- Se encuentra sometido a las reglas propias del debido proceso
- Disentimiento de la decisión adoptada respecto de la expresión “y en los actos administrativos emanados de la autoridad ambiental competente”,contenida en el artículo 5° de la Ley 1333 de 2009
- Manifestación del ius puniendi del Estado
- Posibilidad de flexibilización
- Alcance de la rigurosidad
- Tipos en blanco o conceptos jurídicos indeterminados
- Infracciones en materia ambiental
- Perspectivas en que se concreta
- Elementos esenciales
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 5º (parcial) de la Ley 1333 de 2009, por la cual se establece el procedimiento sancionatorio ambiental y se dictan otras disposiciones.
El actor considera que el segmento normativo acusado contraviene el artículo 29 de la Constitución, al dejar de manera abierta en manos de los actos administrativos de la autoridad ambiental, la facultad de crear infracciones administrativas.
En su criterio, esta es una competencia que solo corresponde al legislador y, por tanto, resulta contraria a los principios de legalidad y tipicidad, al igual que a la reserva de ley.
La Corte considera que la expresión “y los actos administrativos de la autoridad ambiental competente” no desconoce el artículo 29 Superior y, por tanto, la declara EXEQUIBLE.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1333/09. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE:
- DECLARAR EXEQUIBLE, por el cargo examinado, la expresion "y en los actos administrativos emanados de la autoridad ambiental competente", contenida en el articulo 5deg de la Ley 1333 de 2009.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.