Micelio
Sentencia de Constitucionalidad18 de mayo de 2016Sala Plena

C-259 de 2016

Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez

Demandante Jose Armando Otalora Gomez·Demandado Ley 685 De 2001

Tema · dato duro
Legalización Actividad Minera. Mientras No Sea Resuelta La Solicitud Por La Autoridad Minera, No Procederán Las Medidas Sancionatorias O Penales Por Actividades Mineras Ilegales.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Inconstitucionalidad
  • Juicio de validez y vigencia
Congreso De La Republica
  • Principio de reserva legal en materia punitiva
Control De Constitucionalidad En Materia De Derogatoria
  • Posibilidad de pronunciamiento sobre disposiciones derogadas que continúen produciendo efectos jurídicos o puedan llegar a hacerlo en el futuro
Corte Constitucional
  • Carece de competencia para conocer demandas contra norma que ha perdido vigencia y no produce efectos hacia el futuro
Actividad Minera
  • Componente económico
Derecho Al Ambiente Sano
  • Amplio margen de configuración del legislador en materia ambiental
Decreto 2390 De 2002
  • Califica la explotación de minas de propiedad estatal como explotación de hecho
Delito De Explotacion Ilicita De Yacimiento Minero Y Otros Materiales
  • No resulta desproporcionado la supresión de antijuridicidad
Demanda De Inconstitucionalidad
  • Aptitud de la demanda
  • Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
Derecho Penal
  • Ultima ratio del derecho sancionatorio
  • Principios de razonabilidad y proporcionalidad
Explotacion Ilicita De Yacimiento Minero Y Otros Materiales
  • Descripción
  • Elementos del tipo penal
  • Elementos normativos
Explotacion O Exploracion Ilicita Mineria O Petrolera
  • Delito autónomo según Decreto Ley 100 de 1980
Fiscalia General De La Nacion
  • Ejercicio de la acción penal
  • Competencia para adelantar investigaciones penales
  • No podrá suspender, interrumpir, ni renunciar a la persecución penal
Formalizacion De La Mineria
  • Mecanismo de prevención y control
Imputacion Penal
  • Antijuridicidad
Legalizacion De La Mineria Frente A Minas De Propiedad Estatal Sin Titulo
  • Cargas de interesados y atribuciones de autoridades que participan en el proceso
  • Regulación
Legislador
  • Definición de las conductas punibles
Medidas Transitorias Adoptadas Por El Congreso Para Estimular La Legalizacion De La Explotacion Minera Informal
  • No desconoce el mandato constitucional de protección del medio ambiente y de recursos naturales
Medio Ambiente
  • Enfoque desde el plano ético, económico y jurídico
  • Protección constitucional
  • Reconocimiento como derecho colectivo cuya vía de protección judicial es la acción popular
  • Reconocimiento constitucional
  • Deberes del Estado
Mineria Informal
  • Acto debe tener capacidad de causar graves daños a recursos naturales o medio ambiente
Mineria
  • Formalización
Mineria Ilegal
  • Campo ambiental
  • Minería ilícita frente a la minería de hecho o minería informal
Norma Sobre Legalizacion De La Mineria Frente A Minas De Propiedad Estatal Sin Titulo
  • Ambito regulatorio refiere minería informal o de hecho y no minería ilícita
  • Aplicación indefinida en el tiempo incumple el deber de proteger el medio ambiente y los recursos naturales, y ampara la labor de los mineros ilegales o "de hecho" en el
  • Contenido normativo
  • Debió ser declarada inexequible por cuanto infringe la protección al medio ambiente sano y los recursos naturales renovables y no renovables, así como el deber del Estad
  • Desproporción de la protección excepcional concedida a los "mineros de hecho"
  • Necesidad de perseguir la minería de hecho o ilegal para evitar mayores daños al medio ambiente en virtud de los principios de prevención y precaución
  • No permite el funcionamiento de minas sin control y al margen de la normatividad ambiental
  • Resulta desproporcionado renunciar a la persecución penal de una actividad que mientras no exista título minero seguirá siendo ilegal, si lo que se busca es la preservac
Principio De Oportunidad
  • Ejercicio de la acción penal
  • Racionalización de la función jurisdiccional penal
  • Renuncia o suspensión de persecución penal al investigar y sancionar delitos contra el medio ambiente
Proceso De Formalizacion De La Mineria Frente A Minas De Propiedad Estatal Sin Titulo
  • Estímulo para pequeños mineros
  • Limite a beneficios
  • Prerrogativa penal a favor de explotadores de hecho
  • Prerrogativa penal por exploración, explotación y aprovechamiento ilícito de yacimientos mineros
Proceso De Legalizacion De La Mineria Frente A Minas De Propiedad Estatal Sin Titulo
  • Ejes principales
  • Exclusión de responsabilidad penal no falta al deber de amparo y protección del ecosistema
  • Excluye posibilidad de suspender actividades del minero de hecho
  • Garantía del debido proceso
  • Prevención, mitigación y control al impacto ambiental
Recursos Naturales
  • Consagración constitucional
Solicitud De Legalizacion De Mineria De Hecho
  • Plazo máximo de dos años para concluir procesos en curso
38 temas · 66 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 165 (parcial) de la Ley 685 de 2001, por la cual se expide el Código de Minas y se dictan otras disposiciones.

Considera el demandante que el legislador vulneró los mandatos constitucionales de protección del medio ambiente y de los recursos naturales, al imposibilitar el control administrativo y el ejercicio de la acción penal, en los términos de los artículos 159, 160, 161 y 306 del Código de Minas, respecto de los explotadores de yacimientos mineros de propiedad estatal sin título inscrito en el Registro Minero Nacional, que se sometieron a más tardar el 31 de diciembre de 2004 al proceso de legalización consagrado en el artículo 165 de la Ley 685 de 2001, mientras dicha solicitud no sea resuelta por la autoridad competente, en la medida en que ello implica un supuesto desconocimiento de la labor de amparo que le asiste al Estado sobre el ecosistema.

Igualmente considera, que la expresión “ni a proseguirles las acciones penales señaladas en los artículos 159 y 160” del Código de Minas, es contraria al deber del Estado de investigar y sancionar delitos contra el medio ambiente, pues implica una supuesta renuncia y/o suspensión de la acción penal, que transgrede la regla de que dichas decisiones dependen en forma exclusiva del ejercicio del principio de oportunidad, conforme se dispone en el artículo 250 del Texto Superior.

Lo anterior en un contexto en el que también considera vulnerada la garantía del orden justo, al permitir que, por falta de sanción, se produzcan lesiones al medio ambiente y a los recursos naturales.

La Corte concluyó, contrario a lo sostenido por el actor, que la norma demandada tiene la virtualidad de convertirse en un medio para asegurar la defensa del medio ambiente y de los recursos naturales, en cuanto privilegia la legalización del minero informal, bajo parámetros acordes con los deberes de prevención, mitigación y control del ambiente, en los términos dispuestos por la Constitución y la ley.

EXEQUIBLE.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 685/01. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 159Ley 685/01EXEQUIBLE
Art. 165Ley 685/01 «Formulada la solicitud y mientras ésta no sea resuelta por la autoridad minera, no habrá lugar a proceder, respecto de los interesados, mediante las medidas previstas en los artículos 161 y 306, ni a proseguirles las acciones penales señaladas en los artículos 159 y 160 de este Código”»EXEQUIBLE
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. RESUELVE
  3. Declarar EXEQUIBLE la expresion "Formulada la solicitud y mientras esta no sea resuelta por la autoridad minera, no habra lugar a proceder, respecto de los interesados, mediante las medidas previstas en los articulos 161 y 306, ni a proseguirles las acciones penales senaladas en los articulos 159 y 160 de este Codigo" consagrada en el articulo 165 de la Ley 685 de 2001, por los cargos analizados en esta sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoJorge Iván Palacio Palacio
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.