C-225 de 2017
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Francisco De Paula Santander Ruiz Y Otra·Demandado Ley 1801 De 2016
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Actividades que también son instrumentos de salu
- Presunción de dolo y culpa en norma acusada debe responder a estrictos criterios de razonabilidad y proporcionalidad en razón de la tensión que dicha medida genera respecto de la presunción de inocencia
- Carácter imperioso de la finalidad sobre inclusión de protección del medio ambiente
- Carga de la prueba en materia ambiental y salud pública le corresponde al Estado como supuesto de hecho ineludible de la presunción de dolo y culpa
- Regulación de comportamientos contrarios a la convivencia, en cuya realización se presume el dolo o la culpa
- Jurisprudencia constitucional
- Presunciones de dolo o culpa en dichas normas prevén procedi
- Delimitación del ámbito de aplicación
- Formas de responsabilidad, tanto en derecho público, como de derecho privado
- Condiciones que debe reunir para que sea admisible
- Definición
- Formas constitucionales de responsabilidad subjetiva
- Fuente legal
- Implica la prohibición y sanción de ciertos comportamientos, pero también una actividad prestacional por parte del Estado
- Relación estrecha
- Proscripción de la responsabilidad objetiva
- Carácter no absoluto
- Opera tanto en procesos judiciales, como en los procedimientos administrativos
- Jurisprudencia constitucional
- Importancia constitucional
- Definición en Código Nacional de Policía
- Cobertura, prestación eficiente y de calidad está directamente relacionada con la creación y mantenimiento de condiciones de salu
- Concepto
- Definición
- Jurisprudencia constitucional
- Pueden ser refutables, mediante prueba en contrario iuris tantum o irrefragables de derecho o de iuris et de iure
- Contenido y efectos
- Jurisprudencia constitucional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 220 de la Ley 1801 de 2016, por la cual se expide el Código Nacional de Policía y Convivencia.
Los demandantes alegan que las presunciones de dolo y culpa contempladas en la norma cuestionada desconocen los artículos 29 y 83 de la Constitución, los cuales contemplan que se presume la inocencia en toda actuación judicial y administrativa, al igual que la buena fe de los particulares en las gestiones que adelanten ante las autoridades públicas.
La Sala Plena considera que la norma bajo examen no genera una afectación desproporcionada al beneficio obtenido.
A su juicio, la presunción de dolo y culpa que se analiza, la cual resulta de la lógica y la experiencia, tiene naturaleza iuris tantum.
Es decir, que se trata de un traslado de la carga probatoria que no limita las posibilidades de defensa del investigado, quien dispone de libertad probatoria para demostrar que en la realización del acto imputado, actuó con ausencia de culpabilidad.
Se trata de una medida proporcionada ya que requiere la previa demostración, por parte de la entidad pública, de la tipicidad e imputabilidad del comportamiento, respecto de la persona investigada.
Con esta distribución razonable de las cargas probatorias, el legislador otorga a las autoridades administrativas correspondientes un instrumento adecuado para la protección de intereses superiores vinculados con el orden público, necesario para la convivencia pacífica, tales como el medio ambiente y la salud pública.
Se declara la EXEQUIBILIDAD del artículo 220 de la Ley 1801/2016, salvo la expresión “a quién le corresponda probar que no está incurso en el comportamiento contrario a la convivencia correspondiente”, que se declara inexequible.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1801/16. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del Pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE:
- Declarar EXEQUIBLE, por el cargo analizado, el articulo 220 de la Ley 1801 de 2016 "Por la cual se expide el Codigo Nacional de Policia y Convivencia", salvo la expresion "a quien le corresponde probar que no esta incurso en el comportamiento contrario a la convivencia correspondiente" que se declara INEXEQUIBLE.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.