Micelio
Sentencia de Constitucionalidad22 de octubre de 2019Sala Plena

C-495 de 2019

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Silvio Luis Rivadeneira Stand·Demandado Ley 1952 De 2019

Tema · dato duro
Código General Disciplinario. Presunción De Inocencia. En Caso De Duda Razonable Se Resuelve A Favor Del Disciplinado.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Demanda De Inconstitucionalidad
  • Competencia de la Corte Constitucional
  • Cargo relativo a la violación de la presunción de inocencia
Derecho A La Presuncion De Inocencia
  • Carácter no absoluto
  • Opera tanto en procesos judiciales, como en los procedimientos administrativos
Proceso Disciplinario
  • Presunción de inocencia
Presuncion De Inocencia
  • Alcance
  • Carga para demostrar la culpabilidad de la persona recae en el Estado
  • Garantía del debido proceso
  • Carácter fundamental
  • Es aplicable como criterio general en el derecho administrativo sancionador
  • Regla básica sobre la carga de la prueba
  • Requiere de convicción o certeza más allá de una duda razonable para ser desvirtuada
  • Se hace extensiva al Derecho Disciplinario
Integracion De Unidad Normativa
  • Condiciones para su procedencia
Presunciones De Dolo Y Culpa
  • Formas constitucionales de responsabilidad subjetiva
13 temas · 22 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 14 (parcial) de la Ley 1952 de 2019, por medio de la cual se expide el Código General Disciplinario, se derogan la Ley 734 de 2002 y algunas disposiciones de la Ley 1474 de 2011, relacionadas con el derecho disciplinario.

El actor alega que el aparte normativo acusado, al disponer que durante la actuación disciplinaria toda duda razonable se resolverá a favor del sujeto disciplinable, “cuando no haya modo de eliminar la responsabilidad”, infringe el artículo 29 de la Constitución, así como el artículo 14 del pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, relativos a la presunción de inocencia.

La Corte declaró la INEXEQUIBILIDAD de la expresión “cuando no haya modo de eliminar la responsabilidad”, contenida en el artículo 14 de la Ley 1952 de 2019.

Para arribar a la anterior declaratoria la Sala Plena, luego de precisar el alcance del derecho fundamental a la presunción de inocencia, la regla que implica resolver las dudas razonables en favor del investigado y de recordar que se trata de garantías aplicables a los procesos penales y a los procedimientos administrativos sancionatorios, incluido el proceso disciplinario, concluyó que tal frase contraría la presunción de inocencia.

Esto, porque al ordenar que las dudas razonables se resuelvan en favor del disciplinado “cuando no haya modo de eliminar la responsabilidad”, en realidad no está presumiendo la inocencia, sino su opuesto, es decir, la responsabilidad.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 734/02. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Sobre toda la normaLey 734/02INEXEQUIBLE
Sobre toda la normaLey 1474/11INEXEQUIBLE
Art. 14Ley 1952/19INEXEQUIBLE· expresión
Expresión declarada inexequible«“ cuando no haya modo de eliminar la responsabilidad” .»
3 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. RESUELVE
  3. Declarar INEXEQUIBLE la expresion "cuando no haya modo de eliminar la responsabilidad", prevista en el articulo 14 de la Ley 1952 de 2019, "Por medio de la cual se expide el Codigo General Disciplinario, se derogan la Ley 734 de 2002 y algunas disposiciones de la Ley 1474 de 2011, relacionadas con el derecho disciplinario".
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Citada por28
C-400/24Flexibilidad Horaria Para Realizar Tareas De Cuidado De Niños, Niñas Y Adolescentes Menores De 14 Años, Personas En Condición De Discapacidad Y Adultos Mayores, Comprende Todas Las Personas Que Trabajen Remotamente Con Responsabilidades Familiares De Cuidado.C-214/24Procuradores Judiciales Ii Tienen Derecho Al Mismo Número De Días De Permiso Remunerado Al Mes Por Causa Justificada Que Tengan Los Magistrados Y Jueces De Mayor Jerarquían Ante Quienes Ejerzan El Cargo. Exequibilidad Condicionada.C-137/24Normas Sobre Zonas De Frontera. Fallo Inhibitorio Por Ineptitud Sustantiva De La Demanda.C-090/24Comportamientos Que Afectan A Grupos Sociales De Especial Protección Incluye Todas Las Formas De Irrespeto A Las Manifestaciones Y Reuniones En El Espacio Público O En Lugares Privados De Las Personas En Condición De Discapacidad.C-019/24Exequibilidad De Normas Sobre Modificación Introducida En La Reforma Tributaria A Los Delitos Fiscales; Determinación Del Ingreso Base De Cotización Para Los Independientes; Y Reducción Transitoria De Sanciones Propuestas O Determinadas Por La Ugpp Respecto De Contribuciones Parafiscales De Seguridad Social. Frente A Otras Disposiciones Demandadas, Resolvió Estarse A Lo Resuelto En Las Sentencias C-384/23 Y C-390/23.C-507/23Reducción De La Jornada Laboral Para Personas Que Trabajan En El Servicio Doméstico Como Internas. Exhorto Al Congreso Para Regular Jornada Máxima Laboral De Este Grupo De Trabajadores.
Ver las 28

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.