C-277 de 2021
Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Demandante Juan Camilo Garcia Torrez Y Otros·Demandado Ley 1955 De 2019
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Condiciones de procedibilidad
- Alcance excepcional
- Pronunciamiento sobre disposiciones vigentes o sobre aquellas que habiendo perdido su vigencia continúen produciendo efectos
- Carga mínima en relación con la determinación de los extremos de confrontación con la norma acusada
- Fundamental y autónomo
- Concepto
- Es un derecho fundamental y un servicio público cuya prestación debe asegurar el Estado
- Jurisprudencia
- Definición
- Objetivo
- Definición
- Afiliación obligatoria
- Objeto
- Regímenes
- Características
- Definición
- Objetivos esenciales
- Prestaciones a que da derecho
- Ha sido reconocido en diversos tratados internacionales de derechos humanos que hacen parte del bloque de constitucionalidad
- Contenido básico
- Protección en seguridad social
- Finalidad
- Noción
- Alcance
- Improcedencia de pronunciamiento sobre nuevo cargo presentado por interviniente
- Necesidad de correspondencia entre acusación y texto demandado
- Cumple con los requisitos de aptitud sustantiva en cargo por violación del principio de igualdad
- Doble connotación al ser un derecho fundamental y al mismo tiempo un servicio público
- Mandato de progresividad y no regresividad
- Deber de realización progresiva por Estados
- Concepto
- Incumplimiento de requisitos de claridad, certeza, pertinencia y suficiencia en los cargos
- Reglas jurisprudenciales para la procedencia excepcional
- Configuración
- Improcedencia general
- Juicio de proporcionalidad en sentido estricto
- Competente para interpretarla
- Jurisprudencia constitucional
- Universalidad, eficiencia, solidaridad
- Contenido y alcance
- Jurisprudencia constitucional
- Conformación
- Reiteración de jurisprudencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 193 (parcial) de la Ley 1955 de 2019, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022.
Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad.
Los demandantes consideran que la expresión acusada, la cual regula la obligación de quienes tienen relación laboral contractual y por prestación de servicios, a tiempo parcial y que ganan menos de un salario mínimo, de afiliarse al Piso de Protección Social y a sus específicas condiciones laborales y de seguridad social, desconoce el mandato de no regresividad porque discrimina al mencionado grupo, permite la renuncia de garantías laborales mínimas en seguridad social para los trabajadores formales y vulnera el principio de progresividad en materia laboral y de seguridad social.
Se declara la EXEQUIBILIDAD CONDICIONADA del texto demandado, en el entendido de que la expresión “deberán” no impide que las vinculaciones laborales con salarios inferiores al mínimo legal vigente, puedan afiliarse al régimen contributivo.
La definición del régimen resultará del acuerdo contractual entre el trabajador y el empleador.
En cualquier caso, el patrono asumirá los costos de la asistencia social elegida
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1955/19. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- administrando justicia en nombre del Pueblo, y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE:
- Declarar EXEQUIBLE el artículo 193 de la Ley 1955 de 2019 "Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022. Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad", por los cargos analizados en esta providencia, en el entendido de que la expresión "deberán" no impide que las vinculaciones laborales con salarios inferiores al mínimo legal vigente, puedan afiliarse al régimen contributivo. La definición del régimen resultará del acuerdo contractual entre el trabajador y el empleador. En cualquier caso, el patrono asumirá los costos de la asistencia social elegida.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.