C-154 de 2023
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Londoño De Viveros Daniel Eduardo Y Otra·Demandado Ley 2195 De 2022
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Cuestionable ante la jurisdicción contencioso administrativa
- Principios de selección objetiva y libre concurrencia
- Igualdad como principio orientador
- No excluye evaluación de las propuestas
- Exige ejercicio oportuno, efectivo, diligente, idóneo y de buena fe del medio de control jurisdiccional contra acto administrativo que impuso multa
- Relación con el derecho a la libre competencia y otras libertades económicas
- Aplicación
- Criterio de comparación, patrón de igualdad o tertium comparationis
- Etapas de su análisis y modalidades del test de igualdad según el grado de intensidad
- Límites y restricciones que no vulneren la igualdad
- Inaplicación para proponentes que ejercieron medio de control jurisdiccional contra acto administrativo que impuso multa no vulnera principio de igualdad
- Jurisprudencia constitucional
- Metodología de análisis
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el parágrafo primero del artículo 58 de la Ley 2195 de 2022, por medio de la cual se adoptan medidas en materia de transparencia, prevención y lucha contra la corrupción y se dictan otras disposiciones.
El demandante alegó que la disposición acusada, al establecer una distinción entre contratistas multados que incoaron los medios de control para impugnar las multas y aquellos que no lo hicieron, es contrario al principio de igualdad en la libre concurrencia y la seguridad jurídica.
Al comprobar la aptitud sustancial del cargo formulado la Corte determinó que se satisficieron los requisitos mínimos para que la Corte concluyó que la distinción que establece la norma cuestionada es razonable, obedece a situaciones diferenciadas entre los sujetos y no vulnera la concurrencia entre los oferentes o proponentes.
Con base en las anteriores conclusiones se declaró EXEQUIBLE el parágrafo demandado.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 2195/22. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Declarar la exequibilidad del parágrafo
- primero. del artículo 58 de la Ley 2195 de 2022 únicamente por el cargo resuelto en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.