C-464 de 2023
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Ámbito internacional
- Constituyen derechos fundamentales autónomos de las personas sin los cuales la vida, la salud, y la dignidad se verían comprometidas
- Inexequibilidad por consecuencia
- Medidas en materia de agua y saneamiento básico
- Juicio de necesidad
- Juicio de conexidad material
- Modulación de efectos
- Aplicación
- Efectos retroactivos
- Evolución normativa y jurisprudencial
- Características
- Juicio formal
- Juicio material
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Revisión de constitucionalidad del Decreto Legislativo 1250 de 26 de julio de 2023, por el cual se adoptan medidas en materia de agua y saneamiento básico, en el marco del estado de emergencia económica, social y ecológica declarado en el departamento de La Guajira.
Recordó la Corte que mediante Sentencia C-383/23 se invalidó constitucionalmente el Decreto 1085 de 2023 que declaró el estado de emergencia en el departamento de La Guajira.
En consecuencia, se concluyó que, al haber desaparecido del ordenamiento jurídico el fundamento normativo que sirvió de sustento a la expedición del Decreto objeto de estudio, éste resulta INEXEQUIBLE por consecuencia.
No obstante, por cumplir los criterios de estricta conexidad y necesidad en relación con la concesión de efectos diferidos a la precitada providencia respecto de la amenaza de agravamiento de la crisis humanitaria por la menor disponibilidad de agua, se difirió un año los efectos de sus artículos 1, 2 (salvo el inciso segundo del parágrafo 3°), 3, 4, 5, 6, 8, 9, 10 y 23.
Respecto a los otros artículos se dispuso conceder: (i) efectos inmediatos para el inciso segundo del parágrafo 3° del artículo 2, y los artículos 7, 11 y 12 y; (ii) efectos retroactivos para sus artículos, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21 y 22.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 1250/23. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. Declarar INEXEQUIBLE el Decreto Legislativo 1250 de 26 de julio de 2023, "por el cual se adoptan medidas en materia de agua y saneamiento básico, en el marco del estado de emergencia económica, social y ecológica declarado en el departamento de La Guajira", de conformidad con la parte motiva.
- Segundo. Declarar INEXEQUIBLES, con efectos diferidos a un (1) año, los artículos 1, 2 (salvo el inciso
- segundo. del parágrafo 3°), 3, 4, 5, 6, 8, 9, 10 y 23 del Decreto Legislativo 1250 de 2023.
- Tercero. Declarar INEXEQUIBLES con efectos inmediatos el inciso
- segundo. del parágrafo 3° del artículo 2, y los artículos 7, 11 y 12 del Decreto Legislativo 1250 de 2023.
- Cuarto. Declarar INEXEQUIBLES con efectos retroactivos los artículos, 13, 14,
- 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21 y 22 del Decreto Legislativo 1250 de 2023.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.