C-085 de 2018
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Nicolas Pajaro Moreno·Demandado Ley 1676 De 2013
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Carácter rogado
- Inhibición para decidir de fondo por ineptitud sustantiva de la demanda
- Aplicación del principio pro actione
- Carga argumentativa
- Requisitos formales mínimos
- Requisitos de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia
- Inhibición por falta de competencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 76 de la Ley 1676 de 2013, por la cual se promueve el acceso al crédito y se dictan normas sobre garantías mobiliarias.
Señala el actor que la disposición acusada vulnera el derecho de acceso a la administración de justicia y a la tutela judicial efectiva consagrado en el artículo 229 Superior, así como el artículo XVIII de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y los artículos 2, 8-1 y 25 de la Convención Americana de Derechos Humanos, al establecer un trámite notarial como barrera de acceso para acudir directamente ante el juez a fin de lograr la cancelación de garantías mobiliarias.
Concomitante con la inexequibilidad pedida, el actor solicitó extender los efectos de esa declaratoria a varios artículos del Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, por decaimiento y pérdida de ejecutoriedad del acto administrativo, cuyo fundamento de derecho es el artículo demandado.
La Corte se INHIBIÓ de emitir pronunciamiento de fondo, al encontrar que el cargo formulado es inepto por no contener argumentos ciertos, específicos, pertinentes y suficientes que habilitaran el juicio de constitucionalidad.
Lo anterior, porque la demanda se estructuró a partir de una lectura subjetiva de la norma y con base en argumentos de orden legal y de conveniencia.
También se INHIBIÓ de emitir pronunciamiento alguno frente al Decreto 1074 de 2015, por falta de competencia, toda vez que es una norma de naturaleza administrativa cuyo examen corresponde al Consejo de Estado.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1676/13. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. Declararse INHIBIDA para emitir pronunciamiento de merito sobre la demanda contra el articulo 76 de la Ley 1676 de 2013, "Por la cual se promueve el acceso al credito y se dictan normas sobre garantias mobiliarias".
- SEGUNDO. Declararse INHIBIDA, por falta de competencia, para decidir sobre la constitucionalidad de los articulos 2.2.2.4.1.27, 2.2.2.4.1.28 y 2.2.2.4.1.29 del Decreto 1074 de 2015, "Por medio del cual se expide el Decreto Unico Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo".
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.