C-309 de 2017
Ponente Hernán Leandro Correa Cardozo
✓Demandante Paola Andrea Holguin Y Otros·Demandado Decreto 1391 De 2016
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Debe tomar en consideración el contexto normativo en que se realiza
- Ineptitud de cargos basados en parámetros de control inexistentes
- Requisitos formales mínimos
- Requisitos de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia
- Presupuesto esencial para el ejercicio del derecho al voto
- Incumplimiento del requisito de certeza
- Se requiere para asegurar la participación informada y libre de pueblos indígenas y personas en situación de discapacidad
- Diferencias
- Incidencia en mecanismos de participación ciudadana
- Diferencias
- Normas que constituyen parámetro de control no contemplan el deber presidencial de incluir el texto de la pregunta que se hace al pueblo en el informe que se presenta al Congreso
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demandas de inconstitucionalidad contra el Decreto 1391 de 2016, por el cual se convoca a un plebiscito y se dictan otras disposiciones.
En tres demandas se alega la existencia de vicios o irregularidades en el procedimiento que llevó a convocatoria y realización del plebiscito especial para la paz.
Coinciden los actores en hacer un conjunto de cuestionamientos a la pregunta formulada por el Presidente de la República al pueblo, y presentan además otros argumentos sobre la posible existencia de vicios en el procedimiento de convocatoria y realización del mecanismo de participación.
La Corte declara la EXEQUIBILIDAD del Decreto cuestionado, pero hace una advertencia al Gobierno Nacional en cabeza de la Presidencia de la República, del Ministerio del Interior y del Ministerio de Cultura, sobre la necesidad de mantener canales de comunicación permanentes con los pueblos étnicamente diferenciados y las personas en situación de discapacidad del país, con miras a asegurar su participación en la etapa de implementación de los acuerdos celebrados entre el Gobierno Nacional y la guerrilla de las Farc-EP.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 1391/16. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- RESUELVE
- Declarar EXEQUIBLE el Decreto 1391 de 2016, por los cargos analizados, y advertir al Gobierno Nacional (Presidencia de la Republica, Ministerio del Interior y Ministerio de la Cultura) sobre la necesidad de mantener canales de comunicacion permanentes con los pueblos etnicamente diferenciados y las personas en situacion de discapacidad del pais, con miras a asegurar su participacion ciudadana en la etapa de implementacion de los acuerdos celebrados entre el Gobierno Nacional y la guerrilla de las Farc-EP.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.