T-813 de 2012
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Demandante Jose Americo Y Otra·Demandado Tribunal Superior De Cali, Sala Civil
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia de la acción de tutela contra entidades financieras
- Procedencia por cuanto se vulneró derecho al debido proceso y vivienda digna, al no actuar consecuentemente frente al evidente exceso de la obligación cobrada
- Procedencia de tutela como mecanismo de protección cuando adquiere rango fundamental
- Protección constitucional
- Reiteración de jurisprudencia sentencias C-955 de 2000 y SU-813 de 2007
- Procedencia excepcional
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Debido proceso, vivienda digna.
Tutela contra providencia judicial.
Los actores alegan que la Sala Civil del Tribunal Superior de Cali vulneró sus derechos fundamentales al decidir la segunda instancia de una acción ejecutiva incoada contra ellos por el entonces Banco Granahorrar y declarar no probadas las excepciones propuestas, ordenar seguir adelante la ejecución y practicar la liquidación del crédito de conformidad con lo previsto en el artículo 521 del CPC.
La Sala concluye que, la sentencia atacada sí vulneró derechos fundamentales de los actores, al no actuar consecuentemente frente al evidente exceso de la obligación cobrada.
Se CONCEDE la tutela, se deja sin efecto la sentencia de segunda instancia proferida dentro del proceso ejecutivo, se ordena no proseguir con la ejecución incoada por la entidad bancaria contra los accionantes y se deja sin vigor el embargo y secuestro que se hubiere restablecido sobre el inmueble propiedad de éstos.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida el 11 de abril de 2012 por la Sala de Casacion Civil de la Corte Suprema de Justicia, que nego la tutela pedida por Jose Americo Mosquera Rivas y Cruz Ayde Mosquera Rivas contra el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, Sala de Decision Civil.
- Segundo. En su lugar, se dispone TUTELAR los derechos fundamentales al debido proceso y a la vivienda digna y dejar sin efecto la sentencia proferida en noviembre 8 de 2011 por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, Sala de Decision Civil, ordenando no proseguir la ejecucion incoada por el otrora Banco Granahorrar S. A., hoy BBVA, contra Jose Americo Mosquera Rivas y Cruz Ayde Mosquera Rivas, quedando sin vigor el embargo y secuestro que se hubiere restablecido sobre el inmueble ubicado en la carrera 39 E Ndeg 55 A-14 de Cali, cuya propiedad corresponde a dichos demandados.
- Tercero. COMPULSAR COPIA del expediente de esta accion de tutela, incluyendo la presente sentencia y remitirla al Juzgado
- Sexto. Civil del Circuito de Cali, que realizara lo que a continuacion corresponda en el cabal cumplimiento de este fallo, que implica realizar lo que procedia si la sentencia dictada por dicho Juzgado en julio 17 de 2009 no hubiere sido revocada.
- Cuarto. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que alude el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.