Micelio
Sentencia de Tutela4 de septiembre de 2015

T-570 de 2015

Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez

Demandante Alberto Hernando Robles Restrepo·Demandado Bbva Seguros De Vida

Tema · dato duro
Accion De Tutela Contra Aseguradora. Procedencia Para Dirimir Controversias Del Contrato De Seguros.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Frente A Contrato De Seguros
  • Procedencia excepcional cuando el margen de desigualdad existente entre las partes es tal que establece una situación de indefensión
Derecho Al Minimo Vital
  • Protección al supeditar exigibilidad de obligación contraída por accionante
  • Orden a entidad financiera realizar reajuste de crédito de accionante siempre que él esté de acuerdo con la modificación
Principio De Subsidiariedad De La Accion De Tutela
  • Procedencia excepcional en caso de existir otro medio de defensa judicial
  • Procedencia excepcional como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable
Acción De Tutela Contra Compañia De Seguros De Vida
  • Improcedencia por no cumplir requisito de subsidiariedad
  • Procedencia para el pago de póliza cuando se trata de sujetos de especial protección constitucional y los medios ordinarios no son idóneos
  • Según el acervo probatorio, el demandante tenía pleno conocimiento al momento de la suscripción de la póliza, de las enfermedades y padecimientos que lo califican actualmente como inválido
Accion De Tutela Contra Compañia De Seguros
  • Procedencia por afectación de derechos fundamentales
Principio De Inmediatez Como Requisito De Procedibilidad De La Accion De Tutela
  • Debe ponderarse bajo el criterio del plazo razonable y oportuno
Perjuicio Irremediable
  • Criterios para determinar su configuración
10 temas · 12 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se aduce que BBVA Seguros de Vida desconoció derechos fundamentales con ocasión de la negativa de pagar la obligación asegurada, a pesar de que el tomador del seguro obtuvo una calificación por pérdida de la capacidad laboral del 100% y fue retirado de su cargo como docente.

La aseguradora aplicó las consecuencias derivadas de la reticencia y declaró la nulidad del contrato.

Se aborda temática relacionada con los requisitos generales de procedencia de la acción de tutela, en especial en lo referente a la satisfacción del principio de subsidiariedad dada la existencia de otros mecanismos de defensa judicial para dirimir controversias surgidas con ocasión de contratos de seguros.

Igualmente, se analizan asuntos referentes a la relación de aseguramiento, el principio de buena fe y el principio de normatividad de los contratos.

A pesar de confirmar la decisión de instancia que declaró la improcedencia de la acción de tutela, con base en las circunstancias particulares y específicas del actor, se ordena al Banco BBVA realizar un reajuste en el contenido de la obligación contraída por éste.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. CONFIRMAR la sentencia del 15 de diciembre de 2014 proferida por el Juzgado
  2. Cuarto. Civil del Circuito de Oralidad de Valledupar, en la cual se declaró la improcedencia del amparo propuesto por el señor Alberto Hernando Robles Restrepo.
  3. SEGUNDO. ORDENAR al Banco BBVA, por conducto de su representante legal o de quien haga sus veces, que dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación de esta providencia, se reúna con el señor Alberto Hernando Robles Restrepo, con el propósito de informarle sobre las nuevas condiciones a las cuales se sujetaría el contrato de mutuo, en los términos dispuestos en la parte motiva de esta providencia.
  4. Para ello deberá explicarle lo que dicha modificación implica en términos de plazos, intereses y monto total a pagar. Las nuevas condiciones sólo serán exigibles bajo el supuesto de que el accionante manifieste su consentimiento en ese sentido. Por lo demás, durante la realización de este proceso, el actor deberá estar acompañado por el Defensor del Consumidor Financiero de la citada entidad bancaria, con el propósito de cumplir con los fines dispuestos en el numeral 3.5.4 de esta providencia.
  5. TERCERO. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones a que se refiere el Artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónGabriel Eduardo Mendoza Martelo
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.