Micelio
Sentencia de Tutela15 de enero de 2015

T-007 de 2015

Ponente Jorge Iván Palacio Palacio

Demandante Lorena Florian Davila·Demandado Seguros Bolivar

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela Contra Compañia De Seguros De Vida
  • Procedencia para el pago de póliza cuando se trata de sujetos de especial protección constitucional y los medios ordinarios no son idóneos
  • Vulneración del mínimo vital, por negativa de pagar póliza con el argumento que la pérdida de capacidad laboral es disminución parcial y no total
Derecho Al Minimo Vital
  • Fundamental dada su estrecha relación con la dignidad humana y con la garantía al trabajo, a la seguridad social y a la vida digna
  • Dimensión positiva y negativa
Minimo Vital De Subsistencia
  • Concepto no es meramente cuantitativo sino también cualitativo
Accion De Tutela Contra Entidades Financieras Y Aseguradoras
  • Procedencia excepcional cuando prestan un servicio público o actividad de interés público
Personas En Situación De Discapacidad
  • Sujetos de especial protección por parte del Estado y de la sociedad
6 temas · 8 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se aduce que Seguros Bolívar vulneró los derechos fundamentales de la actora a la dignidad humana, a la vida digna, a la igualdad, al mínimo vital, al debido proceso y a la seguridad social, al negarse a hacer efectivas las pólizas de seguro de vida por riesgo de incapacidad total y permanente que amparaba una obligación crediticia adquirida por ella, argumentando que la incapacidad presentada constituía una invalidez parcial y no total que le impidieran desempeñar cualquier trabajo remunerativo.

Dicha negativa se dio, a pesar de estar acreditada una pérdida de capacidad laboral del 95.45%.

Se abordan los siguientes tópicos: 1º.

La acción de tutela frente a entidades bancarias y aseguradoras y el principio de subsidiariedad. 2º.

La protección especial de las personas discapacitadas o disminuidas físicamente y su derecho fundamental al mínimo vital y, 3º.

La libertad contractual.

Se CONCEDE el amparo constitucional solicitado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR el fallo proferido el 21 de abril de 2014 por el Juzgado 1o Civil del Circuito de Valledupar, que confirmo el dictado en febrero 27 del mismo ano por el Juzgado 8o Civil Municipal de la misma ciudad. En su lugar CONCEDER la proteccion de los derechos fundamentales de la senora Lorena Florian Davila al minimo vital y a la proteccion y asistencia de las personas con discapacidad, por las razones expuestas en la presente providencia.
  2. SEGUNDO. ORDENAR, a Seguros Bolivar S.A., por intermedio de su representante legal o quien haga sus veces, que si aun no lo ha realizado, en el termino de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta sentencia, pague a la senora Lorena Florian Davila, el seguro de vida del grupo Educadores de Colombia por incapacidad total y permanente.
  3. TERCERO. LIBRESE por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.