Micelio
Sentencia de Tutela21 de septiembre de 2012

T-732 de 2012

Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

Demandante Lucila Arango De Uribe·Demandado Iss

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Vida Digna Y Minimo Vital De Persona De La Tercera Edad
  • Reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes de hijo fallecido
Minimo Vital
  • Afectación no puede valorarse en términos cuantitativos sino cualitativos
Pension De Sobrevivientes
  • Requisito de dependencia económica
  • Beneficiarios en el régimen solidario de prima media con prestación definida
  • Finalidad
  • Irrenunciabilidad e imprescriptibilidad
  • Reconocimiento no puede estar sujeto a un límite temporal por tratarse de una prestación subsidiaria o sustitutiva
Pension De Sobrevivientes De Hijo Fallecido
  • Dependencia económica que deben acreditar los padres del hijo fallecido puede ser parcial o total
Seguridad Social
  • Servicio público obligatorio
Accion De Tutela Contra Instituto De Seguros Sociales
  • Reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes de hijo fallecido a pesar de contar con la pensión de sobrevivientes del esposo
Pensión De Sobrevivientes
  • Requisitos establecidos en la Ley 797 de 2003 para su reconocimiento
14 temas · 18 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Vida digna, mínimo vital.

En el presente asunto se solicita el amparo de los derechos fundamentales de una mujer de 92 años de edad, a quien el ISS le negó el reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes originada en virtud de la muerte de su hijo, oponiendo para ello la falta del requisito de dependencia económica, por estar percibiendo la pensión sustitutiva del cónyuge.

Encuentra la Sala que la decisión del ISS no se ajusta a la realidad, a las normas legales ni a la jurisprudencia constitucional y, en tal sentido, decide CONCEDER el amparo solicitado y ordenar el reconocimiento y pago de la prestación reclamada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR, la sentencia proferida el 16 de febrero de 2012, por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Medellin, la cual confirmo la sentencia del 16 de diciembre de 2011 del Juzgado Dieciseis Laboral del Circuito de Medellin y, en su lugar, CONCEDER el amparo de los derecho fundamentales a la vida digna, y al minimo vital de la senora Lucila Arango de Uribe, por las razones expuestas en esta providencia.
  2. SEGUNDO. ORDENAR al Instituto de Seguros Social - ISS, para que dentro del termino de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de la presente sentencia proceda a realizar el reconocimiento y pago de la pension de sobrevivientes a la senora Lucila Arango de Uribe.
  3. TERCERO. LIBRESE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2691 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoAlexei Egor Julio Estrada
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.