Micelio
Sentencia de Constitucionalidad20 de agosto de 2009Sala Plena

C-556 de 2009

Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla

Demandante William David Gil Tobar·Demandado Ley 797 De 2003, Literales A Y B

Tema · dato duro
Requisito De Fidelidad Para Pension De Sobrevivientes De Afiliado. Constituye Una Medida Regresiva Que Desconoce El Fin Último De La Prestación
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Inhibicion De La Corte Constitucional
  • Improcedencia por configurarse un cargo de inconstitucionalidad
Prohibicion De Regresividad
  • Concepto
  • Eventos en que una medida se entiende regresiva
  • Control judicial más severo
Requisito De Fidelidad Para Pension De Sobrevivientes De Afiliado
  • No previsto en la norma modificada
  • Constituye una medida regresiva que desconoce el fin último de la prestación
Pension De Sobrevivientes De Afiliado
  • Requisito de fidelidad constituye una medida regresiva
Pension De Sobrevivientes
  • Naturaleza, finalidad y requisitos para su reconocimiento
  • Requisitos
Cosa Juzgada Constitucional
  • Inexistencia por cargos distintos
9 temas · 13 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra los literales a y b del artículo 12 de la Ley 797 de 2003, “por la cual se reforman algunas disposiciones del sistema general de pensiones previsto en la Ley 100 de 1993 y se adoptan disposiciones sobre los Regímenes Pensionales exceptuados y especiales”.

El artículo regula los requisitos para obtener la pensión de sobreviviente y dichos literales hacen mención al tiempo de fidelidad al sistema que debió aportar el cotizante. <br>El demandante considera que dicho artículo vulnera el derecho a la vida ya que el cumplimiento de este requisito adicional restringe el acceso a la pensión de sobreviviente, en muchos casos era imposible cotizar desde los 20 años de edad, porque para ese momento no existía el sistema de pensiones, entonces se están exigiendo situaciones imposibles de cumplir.

Para la Corte esta medida es regresiva en cuanto que, no tiene una justificación razonable en materia de seguridad social y desampara a los familiares quienes se encuentran en una grave e involuntaria situación de necesidad y requieren un trato protector, que les permita continuar con una subsistencia digna, por otra parte la libertad de configuración legislativa no es absoluta, se deben proteger unos principios básicos del Estado Social de Derecho y esta medida esta desconociendo los derechos fundamentales de las personas.

Inexequibles. <br>

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 100/93. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 46Ley 100/93INEXEQUIBLE
Art. 12Ley 797/03INEXEQUIBLE
Expresión declarada inexequible«literal a y b»
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. RESUELVE
  3. Declarar INEXEQUIBLES los literales a) y b) del articulo 12 de la Ley 797 de 2003, "por la cual se reforman algunas disposiciones del sistema general de pensiones previsto en la Ley 100 de 1993 y se adoptan disposiciones sobre los Regimenes Pensionales exceptuados y especiales".
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.