T-702 de 2014
Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Demandante Angela Lucia Alvarez Betancourt·Demandado Junta Regional De Calificacion De Invalidez De Antioquuia
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Término razonable y oportuno
- Deben respetar el debido proceso
- Orden a Junta Regional de Calificación de Invalidez expedir un nuevo dictamen de calificación de invalidez, en el cual se evalúe la totalidad de la historia clínica de la accionante
- Idoneidad y eficacia
- Procedencia excepcional como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable
- Procedencia cuando afecta derechos fundamentales
- Reiteración de jurisprudencia
- Protección nacional e internacional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se pretende con la acción de tutela que se ordene a la Junta de Calificación de Invalidez de Antioquia evaluar la totalidad de la historia clínica de la actora, la cual no entregó íntegramente cuando solicitó la calificación de su pérdida de capacidad laboral, para que con esos nuevos soportes, modifique la fecha de estructuración de su discapacidad y así poder solicitar la pensión de sobrevivientes por la muerte de su padre.
Se aborda temática relacionada con la procedencia de la acción de tutela para controvertir dictámenes de las Juntas de Calificación de Invalidez; las reglas jurisprudenciales referentes a la protección del debido proceso en la expedición de dictámenes de calificación de invalidez y, la especial protección de las personas en situación de debilidad manifiesta.
Se concluye que, la entidad demandada incurrió en una omisión constitutiva de violación al derecho al debido proceso, al no acceder de manera favorable a revisar la fecha de estructuración de la invalidez de la actora, aun cuando se puso de presente que no había evaluado parte trascendental de su historia médica.
Lo anterior, se debe especialmente a que, a pesar de los errores que cometió la actora, las exigencias de ciertas cargas son desproporcionadas en su caso, por tratarse de una persona en situación de debilidad manifiesta y ser sujeto de especial protección constitucional.
SE CONCEDE. <br> <br>
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia de segunda instancia dictada el 1o de abril de 2014, por el Juzgado 2o Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Medellin. En su lugar, TUTELAR el derecho fundamental al debido proceso de la senora Angela Lucia Alvarez Betancourth.
- Segundo. DEJAR SIN EFECTOS PARCIALMENTE el dictamen numero 33281 del 12 de agosto de 2010, proferido por la Junta Regional de Calificacion de Invalidez de Antioquia, en lo referente a la fecha de estructuracion de la invalidez. En consecuencia, ORDENAR a dicha Junta que dentro del termino de quince (15) dias habiles siguientes a la notificacion de la presente sentencia, expida un nuevo dictamen de calificacion de invalidez, en el cual se evalue la totalidad de la historia clinica de la accionante. Para ello, debera requerirle a la demandante el envio de la misma.
- Tercero. Por secretaria General LIBRAR la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.