Micelio
Sentencia de Tutela4 de agosto de 2006

T-639 de 2006

Ponente Jaime Córdoba Triviño

Demandante Hernan Vs. Tribunal Superior De Bogota Sala De Familia

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Evolución jurisprudencial
  • Causales genéricas de procedibilidad
Acción De Tutela
  • Improcedencia para aumentar pruebas de un proceso de privación de patria potestad que culminó y las partes tuvieron oportunidad de controvertir
Via De Hecho
  • Clases de defectos fácticos
  • Defecto fáctico
  • Inexistencia para el caso
3 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho al debido proceso la honra la igualdad la dignidad el buen nombre y el derecho a tener una familia vulnerados por el despacho judicial al privarlo de la patria potestad respecto de su hija menor por la causal de mal trato habitual del hijo en terminos de poner en peligro su vida o de causarle grave daño promovido por su progenitora.

Accion de tutela contra providencias judiciales.

Estado actual de las causales genéricas y específicas de procedibilidad de la acción de tutela contra decisiones judiciales.

Defecto fáctico como vía de hecho.

Reiteración de jurisprudencia.

Recientemente ésta corporación insistió que se configura un defecto fáctico cuando resulta incuestionable que el juez carece del apoyo probatorio que permita la aplicación del supuesto legal en el que se sustenta la decisión ó aunque teniéndolo le resta valor o le da un alcance no previsto en la ley.

Para que se produzca la cristalización de un defecto fáctico en la actuación de un juez se requiere que la magnitud del error sea tal que justifique pese a la existencia de los principios de autonomía e independencia judicial la intervención del juez de tutela.

El testimonio de la menor tanto en un proceso civil como penal que concierne sobre los hechos cometidos sobre la misma y que repercuten sobre su salud psicológica y física como efectivamente sucede con el proceso que culmina con la privación o no de la patria potestad por posible maltrato de un progenitor acaecido sobre la misma declarante resulta no solamente pertinente y relevante jurídicamente sino incluso moralmente justo.

La sala de revisión no encuentra probado ningún defecto sustantivo fáctico orgánico o procedimental que permita endilgarle el vicio de la vía de hecho a la decisión objeto de la acción de tutela ni menos aún se encuentra establecida la violación de algún derecho fundamental del padre que haga procedente la concesión de la tutela impetrada.

Negada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida por la Corte Suprema de Justicia- Sala de Casación Laboral en fecha siete (7) de marzo de dos mil seis (2006).
  2. Segundo. DÉSE cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.