T-448 de 2006
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante Jhon Fredy Valencia Vs. Juzgado 22 Civil Del Circuito De Bogota
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Corresponde a quien instaure la acción
- No es viable generalizar la regla sobre la carga de la prueba cuando se trata de negaciones relativas a ésta
- Es una negación indefinida que no requiere ser probada
- Inembargabilidad y excepciones
- Procedencia por vía de hecho
- Procedencia excepcional por vía de hecho
- Reiteración de jurisprudencia
- Embargo de pensión por deuda adquirida con Cooperativa
- Quien puede probar debe probar
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al minimo vital de pensionado por invalidez del ejercito nacional a quien en virtud de una medida cautelar le fue embargada la mesada pensional por lo que solicito el levantamiento de la medida cautelar sin obtener respuesta del juzgado.
Solicita se ordene el levantamiento de la medida cautelar y se ordene el reembolso de los dineros descontados.
Inembargabilidad de pensiones.
Reiteración de jurisprudencia.
La pensión en cualquiera de sus formas es una de las prestaciones laborales básicas con jerarquía constitucional (art. 53 c.p.).
Y tiene como fin el de garantizar al trabajador que una vez transcurrido cierto plazo de prestación de servicios personales pueda acceder a unos ingresos sistemáticos y regulares que le permitan su digna subsistencia y la de su familia durante una etapa de vida en que cumplido ya el deber social en que consiste el trabajo y disminuida su fuerza laboral sea por vejez o invalidez adquiera una compensación por sus esfuerzos.
La inembargabilidad de las prestaciones antes que configurar una violación del principio de igualdad se constituye en un protección efectiva al trabajador al dejar incólumne el valor de su fuerza laboral.
Procedencia excepcional de la acción de tutela contra providencias judiciales.
Vía de hecho.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR el fallo proferido por la Sala Civil de Decision del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota D.C., el 27 de enero de 2006 y, en su lugar, CONCEDER la tutela al derecho fundamental al minimo vital del senor Jhon Fredy Valencia.
- SEGUNDO. DEJAR sin efectos los autos del trece (13) de mayo de 2003, por medio del cual se decreto el embargo a la pension del senor Jhon Fredy Valencia, y del cuatro (4) de junio de 2004, por medio del cual se confirma la vigencia de aquel, proferidos por el Juez Veintidos (22) Civil del Circuito de Bogota dentro del proceso ejecutivo singular (Rad: 111-2004) seguido contra el senor Jhon Fredy Valencia. Asi mismo, ORDENAR al Juzgado demandado que comunique al Pagador del Ministerio de Defensa la decision de dejar sin efectos los autos senalados, de tal forma que este no continue poniendo a disposicion del Juzgado Veintidos Civil del Circuito de Bogota los dineros correspondientes a la pension del senor Jhon Fredy Valencia.
- TERCERO. Por Secretaria, dar cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.