T-010 de 2011
Ponente María Victoria Calle Correa
✓Demandante Fundacion Para La Proteccion De Los Intereses Y Bienes Difusos Y El Medio Ambiente Proteger·Demandado Tribunal Superior De Bogota Sala Civil
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Reiteración de jurisprudencia
- Orden de proferir una nueva sentencia para verificar si se produjo vulneración del derecho colectivo al espacio público de personas con discapacidad
- Mecanismos de integración social a personas con limitaciones para facilitar la accesibilidad a espacios públicos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Igualdad, debido proceso, acceso a la administración de justicia.
La Fundación PROTEGER instauró acción de tutela en contra del Tribunal Superior de Bogotá Sala Civil, como producto de la resolución de una acción popular que instauró en contra de Inversiones Hoteleras Rosales .S.A en relación con los derechos de la personas con discapacidad y la invasión del espacio público.
Según el accionante el Despacho Judicial incurrió en una vía de hecho por defecto sustantivo, al darle un alcance distinto y restrictivo de los derechos de las personas con discapacidad física, a las normas urbanísticas que regulan el acceso a lugares abiertos al público, al circunscribir su aplicación a aquellos en los que se prestan servicios públicos.
La Sala planteó como problema jurídico la posible vulneración por parte del Tribunal de los derechos al debido proceso, a la igualdad y a la administración de justicia y para decidir estudió la doctrina constitucional sobre la procedencia excepcional de la tutela contra providencias judiciales, así como la jurisprudencia sobre la especial protección de que son titulares aquellas personas que sufren algún tipo de limitación física o discapacidad.
Concede parcialmente.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo de segunda instancia proferido por la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia, mediante providencia del 7 de julio de 2010. CONFIRMAR PARCIALMENTE, en los terminos de la presente providencia, la sentencia proferida por la Sala de Casacion Civil de la Corte Suprema de Justicia el 15 de abril de 2010, mediante la cual se concedio el amparo solicitado y se dejo sin efectos la sentencia dictada por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota, el 5 de noviembre de 2009 y adicionada el 21 de enero de 2010.
- Segundo. ORDENAR a la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota, que en un termino de quince (15) dias contados a partir de la comunicacion de la presente decision, valore todas las pruebas y principios de prueba aportados al proceso y ordene la practica de las mencionadas en la seccion 4.4. de esta sentencia, asi como de cualquier otra que considere necesaria para verificar si se ha producido la vulneracion del derecho colectivo al espacio publico. Una vez practicadas las pruebas, la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota debera expedir, en el termino de quince (15) dias, una nueva sentencia que respete el tenor literal de las normas urbanisticas vigentes y aplicables a las edificaciones particulares que estan abiertas al publico que funcionan en la ciudad de Bogota.
- Tercero. ORDENAR Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota, que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la fecha en que se dicte la nueva sentencia, remita a esta Corporacion copia de tal providencia.
- Cuarto. LIBRESE por Secretaria la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines alli establecidos.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.