Micelio
Sentencia de Constitucionalidad28 de enero de 2015Sala Plena

C-035 de 2015

Ponente María Victoria Calle Correa

Demandante Luis Fernando Alvarez Jaramillo Y Otro·Demandado Ley 1680 De 2013

Tema · dato duro
Norma Que Desarrolla El Contenido Del Derecho A La Igualdad De Las Personas Ciegas Y De Baja Visión, Adoptando Medidas Para Garantizar Acceso A La Información, A Las Comunicaciones Y Al Conocimiento. No Tiene Reserva De Ley Estatutaria. Limitaciones Al Derecho De Autor.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Informacion Y Las Comunicaciones De Personas Ciegas Y De Baja Vision
  • No existe reserva de ley estatutaria frente a los temas tratados por ley 1680 de 2013
Demanda De Inconstitucionalidad
  • Cargos deben ser claros, ciertos, específicos, pertinentes y suficientes
  • Examen no puede convertirse en un método de apreciación tan estricto que haga nugatorio el derecho reconocido al actor
  • Requisitos mínimos
Distribucion De Cargas Y Beneficios
  • Jurisprudencia constitucional
Principio De Igualdad
  • Jurisprudencia constitucional
  • Se proyecta en concretos mandatos de protección a grupos vulnerables, directamente establecidos por el constituyente, o bien, identificados por la jurisprudencia constitucional
  • Es un concepto relacional y no supone un mecanismo aritmético de repartición de cargas y beneficios
  • Relación con la faceta y principio de acceso de las personas con discapacidad a la información, el conocimiento y las comunicaciones
Regulaciones Integrales De Derechos Fundamentales
  • Debe realizarse mediante ley cualificada
Regulacion Estatutaria U Ordinaria
  • No se define por la denominación adoptada por el legislador, sino por su contenido material
Tratado De Marrakech
  • Contenido y alcance
Derechos De Autor
  • Compuesto por derechos morales y patrimoniales
  • Contenido y alcance
  • Fundamento, alcance y límites
  • Se encuentran comprendidos dentro del concepto de propiedad intelectual
Derechos De Las Personas Invidentes
  • Jurisprudencia constitucional
Derecho De Autor
  • El objeto que se protege a través de dicho derecho es la obra
Juicio De Igualdad
  • Incorporación del juicio de proporcionalidad, compuesto por los subprincipios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad en sentido estricto
Ley Estatutaria
  • Criterios básicos de determinación
Norma Sobre Derecho A La Informacion Y Las Comunicaciones De Personas Ciegas Y De Baja Vision
  • Limitaciones y excepciones a los derechos de autor no constituye una restricción desproporcionada o irrazonable
Principio De Proporcionalidad
  • Jurisprudencia constitucional
Convención Sobre Derechos De Las Personas Con Discapacidad
  • Desde el enfoque social, incorpora valiosas herramientas normativas y hermenéuticas para la adopción de medidas y políticas de protección
27 temas · 37 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 1680 de 2013, por medio de la cual se garantiza a las personas ciegas y con baja visión, el acceso a la información, a las comunicaciones, al conocimiento y a las tecnologías de la información y de las comunicaciones.

Los demandantes aducen que la ley acusada debió ser tramitada como una ley estatutaria y no como una de carácter ordinario.

Además, elevaron cargos adicionales en contra de su artículo 12, al estimar que la exención al pago de derechos de autor prevista en esa disposición, quebranta el equilibrio entre los derechos de las personas con deficiencia visual y los derechos de autor.

La Corte concluyó que no existe reserva de ley estatutaria frente a los temas tratados en la norma demandada y, que las limitaciones al derecho de autor en ella previstas, resultan razonables en cuanto acción afirmativa en beneficio de esa misma población.

EXEQUIBLES, tanto la ley 1680 de 2013, en su integridad, como su artículo 12.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 1680/13. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 12Ley 1680/13EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Declarar EXEQUIBLE la Ley 1680 de 2013, en su integridad, por el cargo analizado.
  2. Segundo. Declarar EXEQUIBLE el articulo 12 de la Ley 1680 de 2013 por los cargos analizados en esta providencia.
  3. Comuniquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.