Micelio
Sentencia de Tutela25 de febrero de 2016

T-097 de 2016

Ponente Luis Ernesto Vargas Silva

Demandante Mateo Javier Bohorquez Masmela·Demandado Ecotet

Tema · dato duro
Alcance De La Educacion En La Constitucion. Especial Proteccion De Las Personas En Situacion De Discapacidad. Autonomia Universitaria.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Autonomía Universitaria
  • Límites constitucionales
Educacion En La Constitucion
  • Fundamental en conexidad con otros derechos
Derecho Fundamental A La Educacion De Personas En Situacion De Discapacidad
  • Deber del Estado y de las instituciones de educación superior para garantizar acceso en condiciones de igualdad
  • Orden a institución educativa realice ajustes razonables respecto de aquellos aspectos que ponen en condición de inferioridad real a joven en situación de discapacidad
  • Protección en la normatividad nacional e internacional
Personas En Situación De Discapacidad
  • Deber del Estado de adelantar acciones dirigidas a lograr la satisfacción de sus derechos, en el marco de igualdad de oportunidades y remoción de las barreras de acceso a los bienes sociales
6 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

El actor es estudiante de la Escuela Colombiana de Hotelería y Turismo y afirma que esta institución vulnera sus derechos fundamentales, en cuanto se rehúsa a realizar, mediante una prueba diferente a los exámenes académicos, las evaluaciones de dos asignaturas que le faltan por aprobar del plan de estudios.

Aduce, que dicha negativa se da a pesar de presentar una situación de discapacidad psicosocial y que los exámenes le causan estrés, lo que puede tener consecuencias negativas para su salud y afectar su desempeño.

Se reitera jurisprudencia sobre el alcance de la educación en la Constitución; la especial protección de las personas en situación de discapacidad; el derecho fundamental a la educación para esta clase de personas y; la autonomía universitaria y sus límites.

La Corte ampara únicamente el derecho del accionante a presentar las evaluaciones académicas de una manera ajustada y acorde con sus condiciones específicas de diversidad funcional, pues considera que es en este específico ámbito que sus circunstancias lo colocan en posición de desventaja y le generan una barrera para el goce de sus derechos.

Consecuentemente, CONCEDE el amparo solicitado y ordena a la institución evaluar al actor a través de un método que tome en cuenta sus dificultades a nivel de memoria, concentración, atención y lenguaje, que le permita de manera real y efectiva exteriorizar lo aprendido.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. REVOCAR las sentencias del Juzgado Veintiseis Penal Municipal de Bogota, de cuatro (4) de agosto de dos mil quince (2015), y del Juzgado
  2. Sexto. Penal del Circuito de Conocimiento de Bogota, de veinticuatro (24) de septiembre de dos mil quince (2015), dictadas dentro del presente tramite, mediante las cuales se nego la accion de tutela.
  3. Segundo. CONCEDER el amparo solicitado y, en consecuencia, ORDENAR a la Fundacion Escuela Colombiana de Hoteleria y Turismo que evalue a Mateo Javier Bohorquez Masmela, estudiante de Administracion Hotelera, los cursos "Ingles V" y "Curso de Extension" a traves de un metodo que tome en cuenta sus dificultades a nivel de memoria, concentracion, atencion y lenguaje, y le permita de manera real y efectiva exteriorizar lo aprendido, conforme lo indicado en la parte motiva de este fallo.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.