Micelio
Sentencia de Tutela10 de abril de 2015

T-152 de 2015

Ponente Luis Ernesto Vargas Silva

Demandante Beatriz Eugenia Yara Cardona Y Otros·Demandado Universidad Antonio Nariño

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Autonomía Universitaria
  • No debió la Corte Constitucional ordenar programar y ofertar curso de inglés intensivo a fin de adquirir las competencias necesarias para el grado
  • Límites constitucionales
  • Exigencia de un segundo idioma como requisito para obtener el título profesional
Derecho A La Educacion Y Al Debido Proceso
  • Orden a Universidad programar y ofertar curso de inglés intensivo, en el cual brinde las herramientas académicas necesarias para tener como acreditado el conocimiento de idioma inglés en el nivel que considere ad
  • Vulneración por parte de universidad al no permitir que estudiantes buscaran con anterioridad una institución que tuviere certificación Icontec, para acreditar el conocimiento de inglés para obtener grado
Derecho A La Educación
  • Características y componentes
3 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Varios estudiantes de la facultad de Odontología de la Universidad Antonio Nariño, Sede Palmira (Valle) afirman que no han podido obtener su grado, porque la institución no valida los certificados que aportaron para acreditar el requisito del conocimiento del idioma inglés.

La universidad argumentó que los centros que expidieron las precitadas constancias cuentan con registro de funcionamiento expedido por la Secretaría de Educación del Valle, pero no tienen certificación Icontec.

Aducen, que la universidad vulnera sus derechos fundamentales a la igualdad, al debido proceso y a la educación, toda vez que terminaron materias en julio del 2014 y aún no han podido graduarse.

Se reitera jurisprudencia relacionada con el derecho a la educación; a la autonomía universitaria y sus límites constitucionales y Se CONCEDE el amparo.

Se imparten una serie de órdenes conducentes a hacer efectivo el goce de los derechos tutelados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo de segunda instancia dictado por el Juzgado
  2. Cuarto. Penal del Circuito de Palmira el 2 de septiembre de 2014, que resolvio denegar el amparo solicitado por los accionantes, y en su lugar CONFIRMAR parcialmente la sentencia de primera instancia emitida el 15 de julio de 2014 por el Juzgado
  3. Septimo. Penal Municipal con Funcion de Control de Garantias Constitucionales de Descongestion de Palmira, en tanto concedio el amparo a los derechos a la educacion y el debido proceso de los accionantes, pero por las razones expuestas en la parte considerativa de esta providencia.
  4. Segundo. ORDENAR al decano de la facultad de Odontologia de la Universidad Antonio Narino, que (i) para el proximo semestre academico, esto es 2015-II, o incluso si es posible en el marco del periodo intersemestral, programe y oferte un curso de ingles intensivo, en el cual brinde a los accionantes que deseen matricularse al mismo, las herramientas academicas necesarias para tener como acreditado el conocimiento de idioma ingles en el nivel que considere adecuado para obtener el grado como Odontologo. Para efectos de lo anterior, en primer lugar debera evaluar el nivel de conocimiento del idioma de cada uno de los actores que decidan inscribirse al mismo con el fin de determinar el contenido academico del mismo. De igual forma, debera proveer la infraestructura y el personal necesario para impartir las lecciones correspondientes, de manera que con la aprobacion del mismo la Universidad pueda dar como satisfecho el mencionado requisito. Se aclara que la Universidad cuenta con plena autonomia para establecer el numero de niveles, la duracion de los mismos y todos aquellos aspectos relacionados con su implementacion.
  5. (ii) Por otra parte, debera permitir a aquellos estudiantes que no deseen matricularse al curso intensivo de ingles, presentar el examen que suele ofertar, las veces que ellos lo soliciten, sin poner ningun tipo de barrera administrativa, a no ser que exista una disposicion especifica al respecto en el reglamento estudiantil.
  6. (iii) Asi mismo, dentro de los siguientes diez (10) dias habiles siguientes a la notificacion de esta sentencia, tendra que entregar una comunicacion detallada en la que especifique cuales son las caracteristicas necesarias para que los certificados que emiten las instituciones o centros de idiomas externos sean validados por la Universidad, con el fin de que quienes no deseen acoger las opciones antes planteadas, puedan establecer a cuales entidades pueden acudir para cumplir con el requisito.
  7. Tercero. ORDENAR al decano de la facultad de Odontologia de la Universidad Antonio Narino, sede Palmira, que informe en un lugar visible de la facultad de Odontologia, cuales son los requisitos necesarios para obtener el grado profesional. Especificamente, debera senalar las calidades que deben tener los certificados de centros de estudios de idiomas externos a la institucion de educacion superior. De igual forma, al comienzo de cada 10o semestre debera comunicar a quienes lo esten cursando, cuales son las instituciones avaladas por la Universidad como idoneas para certificar el conocimiento de idioma ingles, lo cual podra hacer mediante un correo electronico a la comunidad estudiantil, o mediante el uso de carteleras visibles para todos los estudiantes. Asi mismo, en el futuro debera asegurarse de informar previamente a todos sus estudiantes, cualquier cambio en los requisitos para obtener el titulo de odontologo que realice.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
Salvamento parcialMaría Victoria Calle Correa
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.