Micelio
Sentencia de Constitucionalidad21 de noviembre de 2012Sala Plena

C-965 de 2012

Ponente Alexei Egor Julio Estrada

Demandante Carlos Alberto Ballesteros Baron Y Otros·Demandado Decreto 4121 De 2011

Tema · dato duro
Cambio De Naturaleza Juridica De La Administradora Colombiana De Pensiones, Colpensiones. No Requiere De Ley Estatutaria
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Cambio De Naturaleza Juridica De La Administradora Colombiana De Pensiones, Colpensiones
  • Corresponde al ámbito de las facultades otorgadas al Ejecutivo por el literal e del artículo 18 de la Ley 1444 de 2011
  • No requiere de ley estatutaria
Colpensiones
  • Naturaleza jurídica
Derechos Fundamentales
  • Criterios para determinar cuando se requiere trámite de ley estatutaria
  • No toda regulación legal resulta reservada al trámite de ley estatutaria
Facultades Extraordinarias
  • Contenido y alcance
  • Precisión
  • Presupuestos y exigencias
  • Límites
Ley Estatutaria
  • Criterios que permiten establecer qué función cumple respecto del desarrollo de la regulación de derechos fundamentales
Congreso Y Gobierno
  • Competencias compartidas para la definición de la estructura y el funcionamiento de la administración nacional
Legislador
  • Otorgamiento de facultades extraordinarias
Presidente
  • Competencia constitucional, para crear, fusionar o suprimir los empleos que demande la administración central y modificar la estructura de los Ministerios y Departamentos Administrativos
  • Facultad para cambiar de naturaleza jurídica la Administradora Colombiana de Pensiones, Colpensiones
11 temas · 17 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra el Decreto 4121 de 2011, por el cual se cambia la naturaleza jurídica de la Administradora Colombiana de Pensiones -COLPENSIONES-.

Los demandantes consideran que la norma acusada vulnera artículos constitucionales relacionados con la reserva de Ley Estatutaria, el ejercicio de las facultades extraordinarias, el principio de solidaridad en materia de seguridad social y el Acto Legislativo 01 de 2005 en la parte correspondiente al inciso décimo segundo del artículo 48 Superior, relativo a las condiciones de reconocimiento de los beneficios económicos periódicos en el sistema de seguridad social en pensiones.

La Corte concluyó que el cambio de naturaleza de COLPENSIONES no requería de una ley estatutaria y que el contenido del Decreto 4121 de 2011 corresponde al ámbito de las facultades otorgadas al ejecutivo.

Precisó que la habilitación para modificar la naturaleza jurídica de las entidades significa atender la necesidad de regular aquellos aspectos de su régimen derivados de la denominación jurídica en cuestión, por lo que no resulta admisible modificar la naturaleza jurídica de una entidad sin regular el régimen de vigilancia y control a que se someterá, así como las características y naturaleza de su patrimonio, entre otros aspectos.

El Decreto 4121 de 2011 se declara EXEQUIBLE por los cargos analizados. .

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 4121/11. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Sobre toda la normaDecreto 4121/11EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. RESUELVE
  3. Declarar EXEQUIBLE el Decreto 4121 de 2011, por los cargos examinados en la presente sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
Salvamento parcialLuis Ernesto Vargas Silva
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.