Micelio
Sentencia de Tutela30 de abril de 2008

T-423 de 2008

Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

Demandante Sara Beatriz Cayon Padilla·Demandado Consejo Superior De La Judicatura Y Seccional De Cundinamarca, Salas Jurisdiccionales Disciplinarias

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho Disciplinario
  • Goza de todas las garantías inherentes al debido proceso
Accion De Tutela Contra Acto Administrativo De Tramite En Proceso Disciplinario
  • No toda irregularidad constituye una vía de hecho amparable a través de acción de tutela
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Jurisprudencia constitucional consolidada sobre procedencia
  • Procedencia excepcional
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho al debido proceso de sancionada por la sala accionada en proceso disciplinario, como resultado del cual fue sancionada con destitucion del cargo e inhabilidad por el termino de 10 años.

La accionante alega que esa decision es violatoria de sus derechos fundamentales, pero no concreta las acusaciones.<br>tutela contra providencias judiciales.

La sala reafirmo que la imposicion de una sancion disciplinaria no implica, per se, la afectacion de derechos fundamentales y la creacion de un perjuicio irremediable; Se requiere que en el proceso se hayan desconocidos las garantias y requistos constitucionales y legales.

En este caso, contrario a lo afirmado por la accionante, se verifico el cumplimiento de esos parametros, por lo cual no la accionada no incurrio en via de hecho.

Negada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR el fallo proferido por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca, el 14 de Septiembre de 2007, denegando el amparo solicitado.
  2. Segundo. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.