Micelio
Sentencia de Tutela27 de julio de 2006

T-594 de 2006

Ponente Clara Inés Vargas Hernández

Demandante Marlene Benitez Giraldo Y Otras Vs. Ministerio De Educacion Nacional Y Otros

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Casos en que análisis de procedibilidad debe realizarse de forma menos rigurosa
  • Recursos que la hacen improcedente deben ser idóneos y eficaces
  • Aptitud de medio judicial alternativo debe ser analizada según circunstancias de solicitante y el derecho fundamental vulnerado
Consejo Directivo Del Fondo Nacional De Prestaciones Sociales Del Magisterio
  • Reglamentación del servicio de salud de los padres de los docentes afiliados que no gozan de pensión y dependen económicamente de sus hijos
  • Vulneración de derechos fundamentales por la omisión en la reglamentación de la afiliación de los beneficiarios
Derechos Sociales Prestacionales
  • Retroceso contradice mandato de progresividad
Derechos Sociales, Economicos Y Culturales
  • Mandato de progresividad no excusa a estado de asegurar a todos sus habitantes contenidos mínimos
  • Deber de no discriminación
  • Realización progresiva por el Estado
Entidad Promotora De Salud
  • No puede vulnerar los derechos a los usuarios por problemas de índole contractual, económico o administrativo
  • Obligación de culminar los tratamientos iniciados bajo la vigencia de una afiliación que posteriormente se extingue
Estado Social De Derecho
  • Realización progresiva de derechos sociales
Fondo Nacional De Prestaciones Sociales Del Magisterio
  • Protección a disminuidos físicos
  • Régimen de beneficiarios de servicios de salud
  • Régimen especial de seguridad social en salud para los docentes
Medio De Defensa Judicial
  • Cumplimiento de contrato de prestación servicios de salud
  • Cumplimiento de contrato de prestación servicios de salud y controversias que se originen corresponde a jurisdicción civil
Principio De Continuidad En El Servicio De Salud
  • Prestación sin interrupción
  • Régimen de beneficiarios de servicios de salud del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio
  • Relevancia constitucional
Omision Legislativa
  • Régimen beneficiarios en salud del magisterio
Principio De Progresividad En Derechos Sociales
  • Prohibición de retrocesos no es absoluta
Accion De Tutela Contra Actos De Caracter General
  • Procedencia excepcional en el caso en que se vulneren derechos fundamentales
Accion De Tutela Frente A Medio De Defensa Judicial
  • Procedencia excepcional como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable
Agencia Oficiosa En Tutela
  • Hijo en representación de padre enfermo
  • Imposibilidad de defensa de la persona en cuyo nombre se actúa
Juez De Tutela
  • Idoneidad de medio judicial alternativo debe ser analizada en caso concreto
Sistema De Seguridad Social En Salud
  • Régimen mínimo de beneficiarios en fondo de prestaciones del magisterio
Principio De Progresividad En Derechos Economicos, Sociales Y Culturales
  • Consagración en instrumentos internacionales y Constitución colombiana
Principio De Progresividad En El Servicio De Salud
  • Vulneración por régimen de beneficiarios de servicios de salud del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio
Regimen De Seguridad Social En Salud Para El Magisterio
  • Ordenes proferidas por Corte Constitucional
Regimen Subsidiado De Seguridad Social En Salud
  • Disminución de recursos desconoce cobertura progresiva del sistema
Persona De La Tercera Edad
  • Sujeto de especial protección constitucional
24 temas · 36 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la dignidad la salud y a la seguridad social en conexidad con la vida de padres beneficiarios directos en materia de salud de docentes casados o solteros con hijos que fueron excluidos del servicio de salud que se les prestaba por decision del consejo directivo del fondo nacional de prestaciones sociales del magisterio al modificar las condiciones de los servicios.

Solicitan se ordene su inclusion como beneficarios en salud de sus hijos docentes garatizandoseles la continuidad en la prestacion de los servicios medico asistenciales y los que a futuro requieran.

Legitimidad para instaurar la accion.

Las situaciones se ajustan a las prescripciones del articulo 10 del decreto 2591 de 1991.

Procedencia de la accion de tutela como mecanismo para prevenir la ocurrencia de un perjuicio irremediable.

El perjuicio que se pretende prevenir es cierto grave y de urgente atencion.

Regimen especial de seguridad social en salud de los docentes afiliados al fondo nacional de prestaciones sociales del magisterio.

Los principios de progresividad y continuidad del servicio de salud aplicable al regimen especial de los docentes.

Concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo proferido, el 17 de febrero de 2006, por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, dentro del proceso T-1322556 y los fallos dictados el 27, 18, 23 y 16 de enero de 2006, por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota, D.C., en los procesos T-1324968, T-1324978, T-1324979 y T-1324996, respectivamente, en los cuales se nego la proteccion solicitada por Elvia Giraldo de Benitez, Maria Julia Cruz de Duran, Luis Alberto Torres Cruz, Nelly Elvira Corena de Benitez e Isaura Leon de Martinez, respectivamente. En su lugar, CONCEDER la proteccion de los derechos de los actores a la dignidad, a la salud y a la seguridad social, estos ultimos en conexidad con su derecho a la vida.
  2. Segundo. CONFIRMAR PARCIALMENTE el fallo de primera instancia proferido el 16 de noviembre de 2005 por el Juzgado 18 Penal del Circuito de Cali, conforme a las consideraciones expuestas en la presente providencia y unicamente en cuanto se otorgo el amparo solicitado dentro de la accion de tutela iniciada por Marlene Benitez Giraldo en representacion de su madre Elvia Giraldo de Benitez.
  3. Tercero. ORDENAR al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta sentencia, reanude la prestacion del servicio medico asistencial a los actores, de la misma manera que se brindaba en el pasado. Las condiciones solamente podran variar a partir del momento en que el Consejo Directivo del Fondo regule la figura de los cotizantes dependientes, tal como le fue ordenado en la Sentencia T-015 de 2006 de esta Corporacion.
  4. Cuarto. DISPONER que esta sentencia tenga el caracter de definitiva. En consecuencia, no sera necesario que los actores instauren las demandas ordinarias.
  5. Quinto. Librese por la Secretaria General las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Citada por107
T-474/24Derecho A La Capacidad Legal Y Debido Proceso-Exigencias Para La Adjudicación De Apoyos A Personas En Condición De Discapacidad. Deber De Diligencia Del Juez En El Proceso Judicial De Adjudicación De Apoyos.T-425/24Tutela En Procedimiento De Amparo Policivo Por Perturbación A La Servidumbre De Energía Eléctrica-Omisión En La Valoración De La Prueba Sumaria Que Permitía El Inicio De Las Obras De Infraestructura.T-199/24Derecho A La Salud De Niños, Niñas Y Adolescentes- Reglas Para Acceder A Medicamentos (Incluidos Y Expresamente Excluidos Del Plan De Beneficios), El Cubrimiento Del Servicio De Transporte (Urbano/Intermunicipal) Y Al Tratamiento Integral.T-185/24Derecho A La Salud En El Régimen Especial De Seguridad Social Del Magisterio-Acceso A Medicamentos Según La Prescripción Del Médico Tratante (Cantidad, Periodicidad Y Entrega De Marca Comercial)T-173/24Acción De Tutela Contra Decisiones Judiciales En Materia De Regulación De Visitas-Interés Superior De Niños, Niñas Y Adolescentes (Defecto Fáctico Al Ordenar Acercamiento Entre Padre E Hijo, Sin Escuchar La Opinión Del Menor).T-042/24Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales En Caso De Violencia Sexual Contra Niños, Niñas Y Adolescentes-Procedencia Por Decisión Sin Motivación Y Defecto Fáctico (Desconocimiento Del Derecho De Las Niñas Y Los Niños A Ser Escuchados En La Actuación Judicial, Componente Esencial Del Principio Del Interés Superior Que Los Protege).
Ver las 107

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.