T-038 de 2017
Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Demandante Alfredo Rodriguez Bermeo·Demandado Tribunal Superior De Cali, Sala Laboral Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Juez de tutela debe realizar valoración de los hechos que configuran el caso concreto cuando la acción no se presenta en un término prudencial y razonable
- Relevancia constitucional como requisito de procedibilidad
- Procedencia excepcional
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
- Improcedencia por cuanto no se cumple con los requisitos de subsidiariedad e inmediatez
- Subreglas para determinar el cumplimiento a pesar de que no exista un término de caducidad de la acción de tutela
- Debe ponderarse bajo el criterio del plazo razonable y oportuno
- Características
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se atacan las decisiones judiciales proferidas al interior de un proceso ordinario laboral promovido por el actor en contra del Banco Popular, a través del cual se pretendía el reconocimiento y pago de la indexación de la pensión que le fue reconocida en el año 1996.
En las providencias atacadas se declaró la prescripción del derecho a la indexación de la primera mesada pensional.
Se estudia temática relacionada con la procedencia excepcional de la tutela contra providencias judiciales, específicamente los requisitos de subsidiariedad e inmediatez.
Se confirman las decisiones de instancia que DENEGARON la solicitud de amparo, en tanto no se superó el análisis de los requisitos generales de procedencia de la tutela contra providencias judiciales, debido a la falta de inmediatez y al hecho de no haber agotado los mecanismos judiciales para controvertir los fallos cuestionados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. CONFIRMAR la decision adoptada por la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia, del 28 de julio de 2016, que confirmo la sentencia proferida por la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia del 1o de junio de 2016, que nego por improcedente el amparo.
- SEGUNDO. Por Secretaria General librese las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.