Micelio
Sentencia de Tutela26 de agosto de 2015

T-549 de 2015

Ponente Myriam Avila Roldán

Demandante Blanca Nelcy Arredondo·Demandado Colfondos S.A.

Tema · dato duro
Principio De La Condicion Mas Beneficiosa En Casos De Pension De Invalidez.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Agencia Oficiosa
  • Elementos que deben configurarse
Derecho A La Seguridad Social
  • Reconocimiento del carácter fundamental en el ámbito internacional
Pension De Invalidez De Persona Con Enfermedad Cronica, Degenerativa O Congenita
  • Fecha de estructuración de la invalidez desde el momento de la pérdida permanente y definitiva de la capacidad laboral
Pension De Invalidez
  • Régimen legal aplicable
Acción De Tutela Para El Reconocimiento De Pensión De Invalidez
  • Caso en el que Colfondos vulnera el derecho a la seguridad social, al mínimo vital y al debido proceso administrativo a persona en condiciones de debilidad manifiesta
Derecho A La Seguridad Social Y Al Minimo Vital
  • Orden reconocer y pagar pensión de invalidez al agenciado, dando aplicación al principio de la condición más beneficiosa
Pension De Invalidez De Origen Comun
  • Relación con el debido proceso administrativo
  • Requisitos
Derecho A La Pensión De Invalidez
  • Determinación de la fecha de estructuración de la pérdida de capacidad laboral en casos de enfermedades crónicas, degenerativas o congénitas
Derecho Fundamental A La Seguridad Social
  • Reiteración de jurisprudencia
10 temas · 11 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

El actor solicitó a Colfondos el reconocimiento y pago de su pensión de invalidez, peroesta pretensión fue denegada con el argumento del incumplimiento del requisito de 50 semanas de cotización en los 3 años anteriores a la fecha de estructuración.

Esta negativa se dio sin tener en consideración que el peticionario tenía más de 1600 semanas cotizadas. se analizan los siguientes tópicos: 1º.

La agencia oficiosa. 2º.

El derecho a la seguridad social como derecho fundamental y los presupuestos procesales y sustanciales para su protección a través de la acción de tutela. 3º.

El derecho a la pensión de invalidez, su régimen jurídico y la relación con el debido proceso administrativo. 4º.

El derecho a la pensión de invalidez en casos de enfermedades crónicas, degenerativas o congénitas y, 5º.

El precedente en materia del principio de la condición más beneficiosa en casos de pensión de invalidez.

Se AMPARAN los derechos fundamentales a la seguridad social y al mínimo vital.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
  2. Sexto. Civil Municipal de Pereira y confirmada por el Juzgado
  3. Tercero. Civil del Circuito de Pereira, que resolvio negar la accion de tutela promovida por la agente oficiosa de Luis Javier Rojo Tobon, y en consecuencia, CONCEDER la tutela de sus derechos fundamentales.
  4. Segundo. ORDENAR a Colfondos S.A. que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la comunicacion de esta sentencia, reconozca y pague la pension de invalidez a que tiene derecho el senor Luis Javier Rojo Tobon, de acuerdo con lo dispuesto en la parte motiva de esta sentencia.
  5. Tercero. Por Secretaria General librense las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.