T-494 de 2018
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Demandante Jaiber Alfonso Bernal Linares·Demandado Empresa Ventas Y Servicios S.A.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Se debió declarar la improcedencia por incumplir requisito de subsidiariedad
- Orden de reintegrar al accionante y reubicarlo en un cargo que preserve y atienda su estado de salud y potencialice su desempeño profesiona
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
El actor aduce que la empresa demandada violó sus derechos constitucionales, al disponer su desvinculación pese a que en vigencia de la relación laboral fue diagnosticado con trastorno mixto de ansiedad y depresión, lo cual lo obligó a acudir al servicio de urgencias en diferentes oportunidades y a ser incapacitado en varias ocasiones.
Con ocasión de la patología establecida se presentaron efectos relacionados con su bajo rendimiento laboral; aspectos que, por demás, fueron de pleno conocimiento de su empleador.
La accionada argumentó la inexistencia de vulneración alguna, en tanto al peticionario se le inició un procedimiento disciplinario en razón a la indebida omisión de sus obligaciones laborales, el cual no terminó con sanción alguna sino con la terminación del vínculo laboral por justa causa.
Se analiza jurisprudencia constitucional relacionada con el derecho a la estabilidad laboral reforzada de persona en estado de debilidad manifiesta por razones de salud y se CONCEDE el amparo invocado.
Se declara la ineficacia de la terminación de la relación laboral existente entre las partes y, entre otras medidas, se ordena el reintegro y la reubicación del actor.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR la Sentencia de instancia proferida por el Juzgado Treinta y Nueve Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá, el 20 de febrero de 2018, que declaró improcedente la acción de tutela presentada por el señor Jaiber Alfonso Bernal Linares. En su lugar, CONCEDER el amparo del derecho fundamental a la estabilidad laboral reforzada del accionante por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
- Segundo. DECLARAR la ineficacia de la terminación de la relación laboral existente entre la empresa Ventas y Servicios S.A. y el señor Jaiber Alfonso Bernal Linares.
- Tercero. ORDENAR a la empresa Ventas y Servicios S.A. que, en el término de 15 días hábiles siguientes a la notificación de esta Sentencia, (i) reintegre al señor Jaiber Alfonso Bernal Linares a la Compañía y lo reubique, previo concepto del área de medicina laboral, en un cargo u oficio que preserve y atienda su estado de salud y sobretodo potencialice su desempeño profesional. Para ello, deberán facilitársele los recursos y las herramientas que resulten necesarias para que se adapte positivamente a las nuevas circunstancias de trabajo y, en modo alguno, este nuevo escenario podrá implicar una desmejora en sus condiciones laborales; (ii) le pague los salarios y las prestaciones sociales dejadas de percibir desde el 28 de octubre de 2017 (que corresponde al día siguiente a la fecha de su desvinculación) y hasta el momento en que se haga su efectiva contratación; y (iii) le pague una indemnización equivalente a 180 días de salario.
- Cuarto. Por Secretaría General líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.