Micelio
Sentencia de Tutela2 de agosto de 2016

T-400 de 2016

Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado

Demandante Jairo Aristizabal Como Agente Oficioso De Myriam Aristizabal·Demandado Saludcoop E.Ps. En Liquidacion

Tema · dato duro
Derecho A La Salud. Reglas Para Inaplicar Las Normas Del Pos Para Suministro De Medicamentos, Procedimientos Y Elementos Excluidos.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud Y A La Vida Digna De Persona En Estado De Discapacidad
  • Se concede de manera transitoria la acción de tutela para suministro de medicamentos, insumos y tratamientos médicos, se deberá acudir a la Superintendencia Nacional de Salud para q
  • Amparo no debe ser transitorio sino definitivo
Inaplicacion De Normas Del Plan Obligatorio De Salud
  • Subreglas sobre los requisitos para acceder a tratamientos y medicamentos excluidos del POS
Ley 1438/11
  • Reformó el Sistema General de Seguridad Social en Salud, ampliando el ámbito de competencia de la Superintendencia Nacional de Salud, e instituyó un procedimiento “preferente y sumario"
Principio De Subsidiariedad De La Accion De Tutela
  • Procedencia excepcional como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable frente a la posibilidad de acudir a la Superintendencia Nacional de Salud
Accion De Tutela Temeraria
  • Casos en los que se considera inexistencia de la temeridad
  • Para que se configure temeridad debe evidenciarse la mala fe en el actuar del peticionario
  • Elementos para su configuración
Elementos Esenciales Del Derecho A La Salud
  • Accesibilidad económica, disponibilidad, aceptabilidad y calidad
Principio De Solidaridad En Salud
  • La familia es la llamada en primer lugar a prestarle a sus miembros más cercanos la asistencia requerida
Principio Pro Homine En Materia De Salud
  • Interpretación más favorable a la protección de los derechos de la persona
Funcion Jurisdiccional Por Superintendencia Nacional De Salud
  • Idoneidad del mecanismo debe analizarse en cada caso concreto por el juez de tutela
11 temas · 14 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se atribuye a Saludcoop E.P.S. en Liquidación la vulneración de derechos fundamentales de una paciente, por prestarle los servicios de salud de manera deficiente, tardía e irregular, como consecuencia de negarse a suministrar ciertos medicamentos e insumos médicos, al igual que autorizar citas con especialistas, terapias y una auxiliar de enfermería requeridos para el manejo de la patología que ella presenta, esta es, esclerosis múltiple, distrofia muscular y espasticidad.

En sede de revisión el agente oficioso informó a la Corte que debido a la mala prestación del servicio en Saludcoop, afiliaron a su hermana a la E.P.S.

Suramericana.

No obstante indicó, que esta nueva entidad se niega a prestar el servicio de enfermería.

Luego de verificar los requisitos de procedencia de la solicitud de amparo y de reiterar jurisprudencia respecto al derecho fundamental a la salud, su naturaleza, elementos y principios, la Sala de Revisión decidió CONCEDER transitoriamente el amparo solicitado.

Se advierte a la accionante que debe acudir a la Superintendencia Nacional de Salud para obtener de manera definitiva el suministro de los medicamentos, insumos y tratamientos médicos POS y NO POS requeridos.

Se ordena a la E.P.S.

Suramericana autorizar el servicio de enfermera domiciliaria, advirtiéndole que no se encuentra facultada para repetir contra el FOSYGA.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida el 18 de noviembre de 2015 por el Juzgado 12 Penal Municipal con Funciones de Control de Garantias de Cali. En su lugar, CONCEDER transitoriamente el amparo solicitado por Jairo Aristizabal, como agente oficioso de Myriam Aristizabal, de sus derechos a salud, a la vida digna y a la seguridad social. En consecuencia, la accionante debera acudir a la Superintendencia Nacional de Salud dentro de los 4 meses siguientes a la notificacion de esta providencia, para obtener de manera definitiva el suministro de los medicamentos, insumos y tratamientos medicos POS y NO POS referidos en la presente sentencia
  2. Segundo. ORDENAR a la EPS Suramericana a que dentro de los dos (2) dias siguientes a la notificacion del presente fallo, autorice el suministro de una enfermera domiciliaria. La precitada entidad no se encuentra facultada para repetir contra el FOSYGA.
  3. Tercero. ORDENAR a la EPS Suramericana a que dentro de los dos (2) dias siguientes a la notificacion del presente fallo, le entregue una respuesta al accionante, en la cual especifique si es o no necesario el suministro del harmetone. Si la paciente no esta de acuerdo con dicha respuesta, puede controvertirla ante el Comite Tecnico Cientifico de dicha entidad y a su vez, ante la Superintendencia Nacional de Salud.
  4. Cuarto. DISPONER que las ordenes impuestas en esta sentencia, produciran efectos juridicos hasta que la Superintendencia Nacional de Salud profiera fallo ejecutoriado.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónJorge Ignacio Pretelt Chaljub
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.